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jubilacion

4 Comentarios
 
27/11/2003 16:24
Hola.

Así es Zitro. No entendía nada. Pero un mucho de intuición y un poco de experiencia me llevó a dar esa congtestación.

Saludos cordiales.
26/11/2003 23:29
Un saludo compañera. Y eso que no entendías ni la respuesta ni la pregunta. Solo decir, que supongo que cobrará el 75% de su base reguladora (55+20) por no tener otro trabajo.
No obstante, no tengo ahora mismo seguridad plena (porque no tengo delante la legislación), pero me parece que a esta prestación se le adiciona una coletilla de "cualificada". Al cumplir los 65 años, pasará a denominarse "Jubilación", sin que ello suponga modificación ni alteración alguna de la prestación que se venga percibiendo.

Saludos.
26/11/2003 16:11
Hola.

No entiendo ni la pregunta ni la respuesta de Manolo Blasco.

Si tienes 63 años y una invalidez permanente total, estarás cobrando la invalidez (75% de la base reguladora) pero no estas cotizando para la jubilación. Cuando llegues a los 65 años, podras optar entre seguir cobrando esa invalidez (pero le cambian el nombre) o acogerte a la jubilación que por derecho te pertenece. En una visita al cualquier oficina del INSS, te informarán puntialmente que cuantía te quedaría de jubilación y de esta manera podrás seguir con la mas favorable.

Entiendo que es esto lo que querias preguntar.
26/11/2003 12:29
Si se trata de una permanente total y tiene mas de 55 años años, le corresponderia el 75 %.

Un saludo.

MANOLOBLASCO@IDSPLUS.NET
Jubilacion
26/11/2003 11:46
con 63 años, 43 de cotizacion, y con la incapacidad permanente total, ¿cuanto le pertenece, 75% o algo mas?.
gracias