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jubilacion del empresario

2 Comentarios
 
Jubilacion del empresario
15/02/2007 14:34
Hola. Mi jefe piensa jubilarse dentro de dos años y su intención es que su hijo se quede con el negocio, pero empezando de cero, como si fuese una empresa nueva y va a despedir al 90% de los empleados. Me gustaría saber que indemnizacion les corresponderia a ellos y en mi caso que estoy dentro del 10% que derechos me corresponden si yo no acepto las condiciones de la empresa nueva. Gracias
15/02/2007 20:23
Hola:
En los casos de jubilación, muerte o incapacidad del empresario individual, en la que no haya una continuidad o subrogación empresarial, el trabajador tendrá un indemnización de un mes y será situación legal de desempleo.

Si se extingue la personalidad jurídica del contratante, deberán seguirse los trámites establecidos en el art. 51 del E.T.

Saludos.
16/02/2007 19:31
Hay una web muy interesante que se llama:
www.empresuchas.com está buena porque allí la gente denuncia injusticias, es una manera de lograr que alguien nos escuche, y también, compartir experiencias con otras personas y a la vez conocer en que lugares no deberíamos trabajar...
Injusticias, es lo que abundan en el mundo de hoy, le deseo suerte y que encuentre la mejor solución para su tema.