Buenos días, busco información en internet sobre este tema pero no me queda nada claro, agradezco cualquier explicación. Les expongo el caso:
Mi padre pierde su empleo en el año 2019 a los 60 años de edad, actualmente está cobrado el desempleo, lo tiene reconocido hasta junio de 2021, por aquel entonces tendrá 62 años. Tendrá cotizados más de 42 años a la seguridad social.
¿Podrá en ese momento acogerse a la jubilación anticipada por cese involuntario?
¿Lo van a jubilar "de oficio" en cuanto cumpla 62 (enero 2021) o podrá agotar su prestación por desempleo?
La pérdida de empleo fue teóricamente por causas objetivas, aunque luego en el acto de conciliación se reconoció la improcedencia del despido.