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Jubilación anticipada parcial

1 Comentarios
 
20/10/2015 09:18
No puede.
Jubilación anticipada parcial
19/10/2015 21:30

Hola,
Por la normativa vigente podría jubilarme de forma parcial anticipada si la empresa contrata a un relevista. No obstante la empresa para la que trabajo no firmó antes del 01-04-2013 un convenio con los sindicatos para podérsele aplicar la misma legislación anterior al 01-01-2013, para no penalizar la jubilación de trabajadores por esta vía. Por ello la empresa me dice que resulta ahora muy caro jubilarme de forma parcial y anticipada con contrato de relevo pues ambas partes, empresa y trabajador tienen que cotizar en 2015 el 60 % de la base de cotización, en lugar de la parte proporcional trabajada, 25 %. La empresa no se acogió a ese sistema de convenio con los sindicatos porque no se enteró o la gestoría laboral no le aconsejó adecuadamente, pues hasta enero del 2013 venían jubilando por este sistema de forma habitual a varios trabajadores. Me lo dice la propia empresa, que si hubieran tenido buena información se habrían acogido a ese sistema que abarataría las jubilaciones con relevo, o no las encarecería con respecto a lo anterior a 01-01-2013. Pero al parecer ya es tarde. ¿Es realmente así, la empresa no puede acogerse ya a ese sistema que al parecer dura hasta el 2019?. Es un incongruencia que unas empresas puedan jubilar por esa vía y otras no por el simple hecho de no haber registrado un convenio explícito con los sindicatos antes del 01-04-2013. No me parece justo. La empresa se ha enfurecido al enterarse de este fallo y han cambiado de gestoría laboral.