Quiero hacerme cargo de un negocio que en las antigüas pesetas me cuesta 5.000.000. El trato es que adelanto una cantidad para firmar la entrega del negocio y el resto se lo voy dando en mensualidades. A efectos del IVA ¿cómo funcionan estas entregas? Quiero decir: se paga el IVA de la cantidad entera y luego las cuotas mensuales van sin IVA o se halla el IVA de la cantidad completa y luego se va pagando proporcionalmente según las cuotas y la cantidad inicial. O por supuesto a lo mejor hay otra opción.
Entiendo que en el documento que habreis formalizado entre la parte vendedora y compradora lo habreis hecho constar, es decir el importe integro de la venta con su IVA repercutido, y por supuesto en el mismo documento la forma de pago, claro eso si, sobre la cantidad total, por lo que actua el Derecho del devengo, o sea, que tu podras soportar el IVA en el momento de la operación y posteriormente se le pagara el total integro de la cantidad con el IVA ya incluido.
Entonces llevándolo a la práctica entiendo que si de los 5.000.000 le tengo que dar en mano 3.500.000, por ejemplo, le pagaré los 3.500.000 más el IVA correspondiente del total (un 16% si no estoy mal informada: 80.000) y luego el 1.500.000 restante las repartiremos en las cuotas mensuales pero con el IVA ya incluido ya que lo abonamos en su totalidad.
Y luego a nivel fiscal de declaración trimestral en el Modelo 300 ¿cómo se señala esta operación?