voy a traspasar un bar, el local es de alquiler, por lo que el contrato, también. La persona que se lo queda va a continuar con el mismo negocio que habia, pero ahora el gestor me dice que esta exento del iva. Que tendré que pagar a hacienda, en lugar de ese iva si esto es cierto? En la declaración de la renta del año que viene, que tendría que declarar, si para poner en marcha inverti , por ejemplo 24000 Euos que me dieron de indemnizacion por una excedencia en el trabajo anterior, y he cobrado 36.000 del traspaso? Estoy un poco pez. Gracias.
Tu gestor está en lo cierto, el traspaso de la totalidad de un negocio está exento de iva.
En lugar de iva no tienes que declarar nada. Me explico.
Cuando tú traspases, estás vendiendo los derechos de propiedad y explotación del negocio. Eso entra dentro de tu declaración como ganancia patrimonial, compraste algo que costaba 24000 euros y lo vendes por 36000. Tributarás por el 18% sobre el beneficio.
Si lo adquiriste antes del 20/01/2006, no tributarás nada por la parte de ganancia referida hasta el 19/01/06, sólo por el resto.
Gracias tributo;
Era un local que no habia nada y montamos el bar, en septiembre de 2007, no pagamos traspaso, los 24000 euros fueron la inversión que se hizo para ponerlo en marcha.
Otra cosa, me aprovecho de tu saber en estos temas; la propietaria quiere cobrar el 2% del traspaso, pero en el contrato de alquiler, solo puso que tendría preferencia en caso de traspaso, se le ofreció a élla y no quiso ejercer ese derecho. Tengo entendido que si lo de cobrar por el traspaso, no lo refrejó en el contrato no puede cobrar, es así. Gracias otra vez y saludos.