Lo tienes en la Ley 37/1992 de IVA (ha sufriido varias modificaciones. En la web de la Agencia Tributaria está actualizada).
Contrato de ejecución de obra es cuando incluye la compra de unos materiales y su colocación o instalación en la obra. Por ejemplo, si compras unas ventanas el IVA es al 18%, pero si las compras incluyendo su colocación el IVA es al 8%.
En la actividad de promoción de una vivienda para mi propio uso ¿que tipo de IVA me deben de facturar?.
Para que se soporte el tipo reducido del 8% ¿tengo que cumplir algún tipo de obligación formal?
¿Cómo tengo que acreditar mi condición de promotor?
En definitiva, si compro material para la promoción de mi propia vivienda ¿que tipo de Iva me han de facturar el general o el reducido? Gracias.