Buenas, mi duda es la siguiente: si un abogado español presta servicios a un abogado alemán, el abogado español debe incluir en la factura el IVA?yo entiendo que si, puesto que el hecho imponible, la prestación de servicios se ha realizado en españa y el abogado español deberá tributar por ello, por lo tanto, deberá soportarlo el abogado alemán. como lo entendéis vosotros??muchas gracias
Hola, yo no lo tengo tan claro. Mirar en el Informa de la página de la Agencia Tributaria, los casos de "Servicio Consultoría a Empresario de la C.E." y "Servicios de Ingeniería".