Mi madre y mi tía, venden una vivienda que les corresponde por herencia a través de un contrato de compraventa que yo mismo cumplimento. Cuando la compradora, una vecina del pueblo, viene a solicitar las ayudas a la vivienda, en una oficina en la que yo trabajo, nos damos cuenta de que para que tenga derecho a la subvención, tiene que constar en el contrato por separado el precio de la vivienda y el del trastero. Sin variar la cantidad total, yo mismo tacho con tipex la cuantía de la vivienda, única que estaba cumplimentada y le asigno en el contrato original una cuantía a la vivienda y otra al trastero, todo ello sin ánimo lógicamente de perjudicar a nadie y sin modificar el precio total (también es verdad que sin consultar a mi madre y mi tía). Una vez hecho esto, le hago 6 compulsas (compulsas efectuadas por mí), tres para ella (le hacen falta para la tramitación), y las tres restantes para que las reparta entre ella, mi tía y mi madre. Unos días después le doy vueltas al asunto y me pregunto ¿habré cometido alguna irregularidad? Si por ejemplo alguna de las tres no estuviera de acuerdo con esa modificación al contrato ¿que podría ocurrir?. Los hechos son como los he relatado sin haber mala fé en ningún momento.