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Irpf

5 Comentarios
 
Irpf
26/01/2011 19:35
Muy buenas a todos.

Tengo una duda sobre esta retencion. El año pasado, al principio me retenian 9% hasta que un dia, antes de firmar la nomina me dicen que cada año se regulariza esta retencion y que me tocaba 10% a partir de ese dia. Como efecto secundario de la subida, cobraba 25 euros menos.

En la nomina del mes de noviembre, la retencion ya habia subido al 15% y porsupuesto habia cobrado menos, lo que pasa es que estube una semana de baja y no se muy bien cuanto era por la subida y cuanto por la baja.
He preguntado a la secretaria y me dijo que es la gestoria la que hace las nominas y que ella no sabe nada, que segun tiene ella entendido a cada trabajador es diferente.

El mes de diciembre baja otra vez la irpf al 10% y me dice la secretaria que seguramente en el mes de enero estara otra vez al 12%.

He leido por alli que la subida de la irpf se aplica cuando hay algun cambio como subida de sueldo, cambio de categoria profecional etc...cosa que a mi no me ha pasado.

Me podria aclarar alguien este asunto, por favor !!
26/01/2011 19:42
Lo que creo que ocurre es que, si te estuvieron reteniendo de menos a principio de año, posiblemente te regularizaron en noviembre y por eso te retuvieron más.
26/01/2011 22:26
Gracias!
26/01/2011 22:34
Coincido con mosca cojonera, la verdad es que calcular el IRPF de las nominas tendría que ser algo simple, pero la verdad es que con todas las variables que afectan a veces te encuentras sin una explicación lógica para poder explicar las variaciones.
27/01/2011 14:51
Gracias ufo1.
Lo que no entiendo, es porque dos peones con la misma categoria profecional tienen retenciones diferentes?? Tiene que ver algo con la vivienda, si vive de alquiler, con los padres, o algo relacionado con la vida privada del trabajador??
27/01/2011 15:06
Hay bastantes variables que influyen en el tipo de retención, como pueden ser hipotecas, hijos, cónyuge que no trabaja, minusvalías, ascendientes a cargo, pensiones compensatorias a exconyuges, anualidades de alimentos para hijos en caso de padres separados.

Para que la empresa tenga la información completa, debes cubrir el modelo 145 con la información que estimes oportuna darles, y que sea veraz, claro está, y entregarlo en la empresa. En este link lo puedes descargar:

http://www.aeat.es/AEAT/Contenidos_Comunes/La_Agencia_Tributaria/Modelos_y_formularios/Declaraciones/Modelos_100_al_199/145/modelo 145 .pdf

Un saludo.