Hola amigos.
Hoy me he quedado alucinado. Un amigo me ha dejado ver la hoja que te da la empresa con las retenciones para poder hacer la renta, y he flipado.
Resulta que en el apartado de retenciones dedicado al irpf pone que le han descontado por este concepto un 0.00%.
Me pregunto ¿cómo puede ser?
¿hay alguna ley que diga que si no llegas a un determinado nivel salarial, el descuento que se haga sea de un 0% ?
¿si lo pilla Hacienda cuál puede ser la multa?
Galactico, no flipes antes de hora. No sé si la empresa de tu amigo le ha calculado la retención correctamente, no tengo los datos, pero en principio es posible que la retención sea 0. Depende de la previsión de ingresos durante el año natural, y salvo que tu contrato no sea inferior a un año (que entonces ha de ser de un 2% como mínimo).
Por ej. con un sueldo normalito y si entras a trabajar a finales de año, con casi toda probabilidad, tu retención será 0, o por ej, que ya de por si que corresponda una retencion baja (un 3 o 4% por ej.) y tengas un hijo en diciembre, o que tengas un contrato no inferior al año, pero venza a principios de año (se te consideran los ingreso del 1 de enero a fin de contrato, luego, si te renuevan te dan el palo).
En fin, que de ser posible lo es. No caigais tan facilmente en la tentacion de acusar de incompetentes a los de Personal, que, por supuesto, los hay, pero lo que o mas conozco son acusaciones absurdas o sin fundamento por parte de muchos empleados (que hombre, las dudas se admiten, pero esa frasecilla de "os habeis equivocado en mi nómina" es demasiado habitual, y como digo, normalmente gratuita).
Es así como dices, Nando, pero es que este sistema de retenciones a mi personalmente no me gusta un pelo. Los que lo conocemos sabemos perfectamente que es como dices, pero comprendo perfectamente que al trabajdor que no tiene porque saber de leyes, le resulta en muchos casos incomprensible que ingrese a trabajar en una empresa en Julio y cobre 100, y en Enero siguiente, aún con el aumento correspondiente cobre 90, y además al hacer su renta, como de Enero a Junio trabajo en otra empresa, le sale a pagar un pastón.
Vamos que a lo mejor no existe otra formula mejor, pero pienso que que no es la mas adecuada.
No, si yo no digo que tenga que gustar o que esté bien, Fael, pero es lo que hay, y el que desde el dpto de Personal o de Nóminas debemos aplicar.
Hombre, algo sí se puede hacer. Informar al empleado. Como tu bien dices, el empleado no tiene que saber de leyes (pero no imaginas como puede la ignorancia ser fuente de inimaginables y frecuentes acusaciones absurdas de errores por parte de los de Nóminas a los de RRHH en general -por ej. en el manido tema de permisos-).
Como digo, lo que en nuestro caso tratamos de hacer, con la mejor voluntad, es informar de las distintas vicisitudes que en cuanto a retenciones puede sufrir un empleado a causa de su fecha de incorporación, tipo y duración del contrato, etc, así como del palo que le puede venir, en algunos casos, al hacer la declaración. Ante este información, el empleado, puede, voluntariamente, pedir que se le haga una retencion por encima de la lega (inferior no puede) si eso le sirve parfa que tenga una retención mas homogenea durante el año y más acorde con lo que luego le tocara pagar al hacer la declaración. Pero es su decisión, no le podemos forzar. Pero le informamos y le damos opciones, eso si. Más no podemos. (bueno, y hacemos regularizaciones cada mes, para evitar saltos bruscos. En eso si que he visto autenticas chapuzas por parte de algunas empresas).