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IRPF sobre anticipos de derechos de autor

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Irpf sobre anticipos de derechos de autor
18/03/2012 21:39
¡Hola!
Por la ley de IRPF, art. 7.3., se pueden declarar los anticipos de derecho de autor en el año que se vayan devengando. Pero... mi pregunta es:

Si se cobran anticipos a la firma del contrato (50%), y a la entrega de la obra (50%), siendo en diferentes años cada cobro, ¿se pueden declarar un año los primeros (firma del contrato) íntegros, y el año siguiente, para el otro 50% optar por el pago en el momento de devengarse? ¿Qué artículo o norma del reglamento se aplicaría?

Gracias anticipadas y felicidades por su site.

Saludos cordiales,

Druida