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irpf propiedad 50% con usufructo

3 Comentarios
 
02/11/2011 11:33
Tienes que seguir imputándote el 50% que era de tu propiedad ya que el fallecimiento de tu padre no modifica ese 50% que sigue siendo tuyo.
Del otro 50% se tiene que imputar tu madre por ser la usufructuaria. Tú eres la nudo propietaria y, por eso no te lo tienes que imputar.
01/11/2011 22:47
Muchas gracias por responder. Tengo 10 días para solucionarlo. Si tengo que declararlo, así lo haré de buen grado. Ha sido una confusión debido al cambio de la situación familiar por el fallecimiento de mi padre y al preguntar en hacienda... la verdad... me he echo un lío.
Muchas gracias
01/11/2011 22:34
Hola

En mi opinión lo tienes difícil, creo que deberías haber declarado el 50%, ya que el usufructo no lo es sobre toda la propiedad. Habría que buscar jurisprudencia...

www.nbconsultores.com
info@nbconsultores.com

Un saludo desde Vigo.
Irpf propiedad 50% con usufructo
01/11/2011 21:58
La vivienda objeto de la consulta, constituye la vivienda habitual de mis padres. Por otro lado, la propiedad de la misma se distribuye en 50% de la sociedad de gananciales 50 % mio (soy hija unica). Hasta el IRPF del 2009 me he imputado en mi declaración el 50% de esta vivienda. Pero fallece mi padre y mi madre hereda de éste el usufructo universal vitalicio. ¿Debo seguir imputándome el 50% de esta vivienda? ¿El usufructo que tiene mi madre es de toda la vivienda o de parte? Entiendo que la vivienda es indivisible. En el último IRPF hice la consulta por telefono en la AEAT y me dijeron que no me lo imputara, ya que no podia disponer de la vivienda y ahora me envían una paralela y me dicen que si, o que haga alegaciones y lo argumente. Por favor, alguien me puede ayudar? Mucha gracias