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IRPF Empresario y Asalariado

3 Comentarios
 
Irpf empresario y asalariado
29/05/2011 22:25
Hola.

Estoy asalariado en una empresa y me ha salido la posibilidad de crear una empresa de la cual sería administrador único.

Mi idea es no dejar el trabajo por cuenta ajena puesto que las labores a realizar en mi propia empresa se podrían compaginar.

Se que tengo que darme de alta como autónomo para poder ser el Administrador Único de la Sociedad; si me diera de alta como autónomo, ¿me subiría mucho lo que tengo que pagar a Hacienda en la Declaración de la Renta el año próximo?

Se que la Sociedad tendría que pagar sobre los benefícios que obtenga; lo que me preocupa es mi propia declaración.
Por otro lado quisiera conocer qué derechos perdería yo al darme de alta en el RETA.

Gracias.
30/05/2011 09:21
No se me ocurre ningún derecho que pudieras perder por darte de alta en el RETA.
En cuanto a lo que pudiera subir la declaración de IRPF dependerá de los ingresos que obtengas en esa nueva actividad: bien por retribución del cargo, bien por dividendos.
30/05/2011 10:49
Ante todo, muchas gracias por contestarme Juan S.

Según me han comentado, si estoy dado de alta en el RETA y por un casual me despidieran en mi actual trabajo perdería el derecho a desempleo.

Es esto cierto??Alguien que me lo pueda confirmar??

Respecto al tema de la RENTA, podría deducir mis ingresos netos si incluyo la cotización a la SS por lo que aporto al Régimen General lo que aporto al RETA??Con lo que la retención que me deberían practicar sería menor?? (es posible esto?).

Si no reparto dividendos, sino que se quedan todos los beneficios en la Sociedad, entiendo que no debería pagar más. Estoy en lo cierto?

Gracias.
30/05/2011 12:02
Efectivamente, mientras estés de alta en el RETA no tendrás derecho a desempleo.
Lo que aportes al RETA será gasto deducible pero no afectará a la retención que te tengan que aplicar.
Si no repartes dividendos, no tendrás que tributar más (salvo que el cargo de administrador esté retribuído), pero la sociedad tributará por el I. de Sociedades por los beneficios obtenidos.