hasta 2005 satistice la pension por hijos (240€) como pude pues no tenia trabajo fijo. en abril subí al 250€, y hasta ahora no la he revisado. mi ex-mujer me pide por atrasos de ipc 300€ (segun ella de 2006, 2007 y 2008), no es una barbaridad?. me podríais ayudar, y darle lo que realmente le corresponde? quiero actualizar en funcion de ello la subida para el 2008. ella lo quiere X adelantado. que gracia...
A ver, miusco, usted dice que ha estado pasando a sus hijos, hasta marzo de 2005, una pensión de 240 euros, subiéndola en abril de ese año a 250 euros.
No comenta si usted tiene un acuerdo o convenio que le obligue a hacer esos incrementos ni tampoco especifica cuando, como y de qué manera debe hacerlos.
Por lo tanto, es muy difícil hacer los cálculos exactos; tampoco se explica muy bien cuando dice que su ex-mujer le pide por atrasos de IPC 300 euros; si esta cantidad se refiere a la diferencia que existe a favor de sus hijos entre lo que les debería haber pasado, haciendo los incrementos de IPc correspondientes, y lo que realmente les ha pasado mes a mes, teniendo en cuenta que esa cantidad que incrementó en abril de 2005 debería haberla incrementado nuevamente en los meses de abril de 2006 y 2007, sinceramente le digo que no, que no me parece excesivo.
No obstante, ya le digo, yo encantada de "echarle las cuentas" siempre que me facilite todos los datos necesarios:
- Cantidad que se fijó en su día.
- Desde qué fecha debe abonarla.
- Cómo y cuándo ha de incrementarla.
muchas gracias. voy a buscar la sentencia. la verdad es que cuando no tenía trabajo fijo me pedía lo justo, pero ahora me aprieta las tuercas a base de bien. Para empezar, tengo a los chicos de viernes a lunes (yo encantado y ellos más), puentes son para mi, vacaciones de verano menos 15 dias en agosto, estan conmigo, gastos extras de futbol, equipos, cuotas anuales etc...tambien, casi, la custodia está a medias.los llevo al futbol y los voy a buscar. no me quejo de hacerlo al contrario, estoy encantado, pero todo vale dinero y ella no se da cuenta, o no le interesa hacerlo. bueno perdón por el testamento, per no tengo a nadie que me aconseje, si no es pagando, y lo que me faltaba...gracias de nuevo
Hola, Bri. He estado leyendo sobre el tema este del incremento de la pensión y me harías un favor si me "echas las cuestas". Los datos son los siguientes.
Mi separación legal se produjo en enero del 2001. En ese momento él estaba cobrando la ayuda familiar y el juez dictaminó que tenía que pasar a los niños (dos) 25.000 pesetas al mes con el incremento del IPC por año.
Con el cambio al euro, fueron 150 euros. Hace dos años, en el 2006, me subió a 170 euros, porque quiso, porque sabía que iba a sacar la plaza de auxiliar de radio del ayuntamiento. La sacó. A principios de verano, por una cuestión de gafas del pequeño,(quería descontarme la mitad de su coste de la pensión) lo llamé y le dije que iba a pedir la revisión de medidas. Gana 900 euros y vive con sus padres. Hace dos o tres meses me subió a 200 euros, pero todo esto por su cuenta. Lo mismo que en julio y agosto me ha dado la mitad, 90 euros, porque dijo que sólo estaban conmigo la mitad del mes... Algo que no ha cambiado desde que nos separamos...(se ha cobrado las gafas con crece)
Creo que él no debe hacer todo eso, pagar menos, subir la pensión cuando le da la gana... ¿es así?
Estoy terminando los examenes de las oposiciones, en cuanto acabe quiero pedir un abogado de oficio. Mi sueldo es de unos 900 euros, hago sustituciones en la Junta de Extremadura. ¿Tengo derecho a este abogado?
¿Cuánto me tendría que pasar por el IPC que no me ha pagado? Tengo entendido que son de los últimos cinco años...
Un saludo, muchas gracias.
Carusso41, aquí tiene sus cuentas. Esto es lo que le debería haber pasado su ex, mes a mes, desde su separación legal en enero de 2001.
Dice usted que ahora mismo está pasando 200 euros, cuando en realidad su ex debería estar ingresando algo menos (188 euros).
Sin embargo, tiene usted toda la razón al decir que su ex ingresa lo que le da la gana y cuando le da la gana. No obstante, calculada la diferencia entre lo que debía haberle ingresado en los 5 últimos años y lo que verdaderamente ha pagado, hay una diferencia a favor de sus hijos de poco más de 750 €; valore usted la posibilidad de reclamárselo.
pues esa pregunta la tengo yo tambien, solo que con los años cambiados!!
medidas provisionales en septiembre de 2007, en enero de 2008 se sube el ipc o hay que esperar a las medidas definitivas o a septiembre de 2008???
Gracias Bri. El convenio dice:
"La expresada suma se acomodará cada año a las variaciones que sufra el Índice de Precios al Consumo que fije el Instituto Nacional de Estadísticas u Organismo que le sustituya".
Ratificado ante el juez en octubre 2006, ¿en enero 2007 se debería haber actualizado? o en octubre 2007?
Neula, entiendo que si la sentencia no dice expresamente que se incremente en enero según IPC, debe incrementarse en el mes en el que se cumpla el año de la ratificación, es decir, en octubre/07, y así continuadamente en el mes de octubre de los siguientes años.
En cualquier caso, si no lo tienen claro ni usted, ni la parte contraria, ni los respectivos abogados, pidan al juez aclaración de la sentencia.
Tengo la sospecha de que mi ex ha hecho las subidas del ipc como le ha dado la gana. ¿Podrían calculármelas hasta hoy? La sentencia fue en septiembre de 2000 con un inicio de 601,01 €. En el convenio solo dice que se subirá el ipc pero no cuándo, así que siempre lo ha subido en febrero aunque supongo que lo lógico sería o septiembre o enero, no? ¿Con el IPC de diciembre? Estoy hecha un lío.
El tema de las actualizaciones es un tanto sui géneris ya que aqui "cada maestrillo tiene su librillo". Es decir, no hay ningún precepto legal que diga cómo actualizar una pensión.
La práctica habitual es que si la sentencia es de septiembre y la sentencia no especifica que deba hacerse con fecha 1 de enero, se actualice cada mes de septiembre. Pero en septiembre aún no se ha publicado el IPC de ese mes, con lo que se suele coger el del mes anterior, es decir, agosto en tu caso para poder actualizar en septiembre (la diferencia es mínima).
Si entras en la web del INE y vas a variaciones del ipc lo puedes calcular por ti mismo.
Hola Bri,me he estado informando sobre el tema del incremento de la pension y me haria Ustd un gran favor si me "echa cuentas",los datos son los siguientes:Mi separacion legal con sentencia firme se produjo en abril 2002,aunq el convenio regulador ya estaba en febrero,donde el juez dictamino una pension de 180€(una niña)al mes con el incremento anual de IPC al año,mas ayudas de escolaridad y medicos ect...Hace 1 año mas o menos empezo a pasar a su hija 200e.Nunca pagó nada mas de lo extra,ni libros,dentista,..Creo que no esta cumpliendo con su deber,no debe hacer esto y pagar cuando,como y lo que quiera,¿es asi? ¿cuanto me tendria que pasar por el IPC que no me a pagado?Un saludo,muchas gracias
Por mi experiencia,va de Octubre a Octubre,son los doce meses,y ojo mira si es el IPC por comunidad o nacional,varia,la ex de mi marido lo pidio nacional,el de la comunidad catalana es mayor.Mirate las dos.Un saludo
En primer lugar, navarro 70, decirle que sólo podrá reclamar a su ex los atrasos producidos en los últimos 5 años; a día de hoy, por tanto, desde mayo de 2003 a abril de 2008 (ambos inclusive).
En el supuesto de que el convenio regulador firmado en febrero de 2002 obligue a su ex a pagar alimentos desde ese año y mes, y que no especifique que la actualización se realice en el mes de enero, habrá de calcularse el incremento de IPC de la siguiente manera (utilizando el IPC nacional):
Cantidad base: 180 €, a pagar desde febrero ó marzo de 2002.
Incremento IPC Feb/2002-Feb/2003 = 3,8% (186,84 €, a pagar desde marzo de 2003)
Incremento IPC Feb/2003-Feb/2004 = 2,1% (190,76 €, a pagar desde marzo de 2004)
Incremento IPC Feb/2004-Feb/2005 = 3,3 % (197,06 €, a pagar desde marzo de 2005)
Incremento IPC Feb/2005-Feb/2006 = 4,0% (204,94 €, a pagar desde marzo de 2006)
Incremento IPC Feb/2006-Feb/2007 = 2,4% (209,86 €, a pagar desde marzo de 2007)
Incremento IPC Feb/2007-Feb/2008 = 4,4% (219,09 €, a pagar desde marzo de 2008)
A pagar, por tanto:
may/2003 a feb/2004 = 186,84 x 10 = 1868,40 €
mar/2004 a feb/2005 = 190,76 x 12 = 2289,12 €
mar/2005 a feb/2006 = 197,06 x 12 = 2364,72 €
mar/2006 a feb/2007 = 204,94 x 12 = 2459,28 €
mar/2007 a feb/2008 = 209,86 x 12 = 2518,32 €
mar/2008 a abr/2008 = 219,09 x 2 = 438,18 €
Ahora debe calcular usted lo que realmente le ha pagado por alimentos en los últimos 5 años, y reclamar la diferencia. También debe reclamar los otros gastos que estaba obligado a pagar por convenio, siempre que estén incluidos en los últimos 5 años (60 meses).
Mándele un burofax a su ex requiriéndole para que abone las cantidades adeudadas, y si no lo hace, solicite ejecución de sentencia.
muchas gracias Bri,su ayuda ha sido beneficiosa e interesante.Debere como usted dice:solicitar ejecución de sentencia.Porque todos los años le pido parte de gastos escolares e incremento de IPC y tan solo recibo "palabrotas",y como es logico todo esta demandado,pero nadie me confirma nada,la abogada que tuve era de pago,na de na.¿Solicitare uno de oficio,o igual he de ir yo misma a al juzgado que me instruyo la separacion?ahora mismo no se que pasos he de seguir.Gracias de nuevo ,un saludo
Para solicitar la ejecución de sentencia necesitará de los servicios de un abogado, que no tiene porqué ser necesariamente el que le llevó la separación.
Antes de solicitar la ejecución, le recomiendo que previamente le reclame a su ex las cantidades atrasadas por burofax (con acuse de recibo). Si tiene clara la cantidad exacta, puede hacerlo usted misma; si no, es mejor que le eche las cuentas un abogado. En dicho burofax especifique un plazo prudencial para hacer efectiva la cantidad. Una vez transcurrido el mismo sin haber pagado, solicite ejecución aportando como prueba el burofax, así como demás documentos acreditativos (certificado del INE con incrementos de IPC, facturas de gastos extraordinarios abonados en exclusiva por usted, etc) que apoyen su pretensión. Nadie mejor que un abogado puede decirle cuáles son.
Eso sí, le recomiendo que consulte con un abogado previamente, pues instar la ejecución puede salirle más caro que el importe presuntamente debido.
Hola buenos dias...antes de nada gracias por adelantado. Mi historia es un poco larga... Tengo 23 años, casi 24, mis padres se separaron en 1985 (yo tenia 40 días), en septiembre de 1992 firmaron la sentencia, en la que el juez dictó que este hombre tenia la obligacíón de pasarme todos los meses 15.000 pts.a variación del IPC cada año,y tambien tenia la obligación a llevarmen con él los fines de semana, navidad... etc. Este hombre en los años que tengo no ha venido a verme ninguna vez, lo veo por la calle y es como si viera a un completo desconocido,... y ademas desde 1992 hasta 2001 hasta estado pagando las mensualidades que le ha dado la gana sin la subida del IPC (90,15 €), cuando él empezó a pagar todos los meses correlativos fue a partir de agosto de 2001 hasta ahora. Este hombre a demandado a mi madre por estar pagandome la pension todavia, y detalla que tiene dos hijos más a los que mantener, y que yo como estoy trabajando (dada de alta en S.S., llevo la ultima vez 4 meses, y en total sobre 2 años), estoy de acuerdo en que me quite la pensión por que es verdad que ya estoy trabajando, lo que pasa es que este hombre no tenía porque haber demandado a mi madre, simplemente con ir a su abogado y hacer una resolución de mutuo acuerdo,... fue sido suficiente. Ahora bien mi pregunta,... yo puedo demandar a este hombre por haber tenido falta de aprecio por parte de padre y reclamarle la subida del IPC de estos ultimos 5 años???? aunque sea mayor de edad y este trabajando??? yo sigo con mi madre,...