Hola, tengo una duda, por fa, a ver si me la podéis solucionar.. Mi ex mujer me ha demandado, por no pagar la subida ipc de la pensión de alimentos de mi hijo... Ella me reclama 470 euros por no pagar la subida ipc de mi hijo de los últimos 5 años. O sea desde el 2010 al 2015..yo pago de pensión 150 euros. Por mis cuentas sale una cantidad muy inferior a las que dice mi ex.. Me podéis ayudar? Gracias
Si te ha demandado, tendras que contestar a la demanda (a menos que te allanes) y para ello necesitaras abogado. Pidele que haga el calculo, teniendo en cuenta qué mes corresponde haceer la revision del IPC (dependera de tu convenio) y los intereses legales generados. Para algo le vas a pagar ¿no?
Hola, de hecho la llamo para hablar con mi hijo, y es imposible.. La verdad que no se que hacer... Porque lo normal es que haya comunicación entre padres e hijos.. Y más si estamos divorciados.... Y todo esto porque no he aceptado la cantidad de 472 euros en concepto de subida ipc años 2010 al 2015...
Buenos días,
mi pareja esta separada, su hija de doce años ha empezado en el instituto. Antes en el colegio , iba en autobús, tenia comedor y varias extraescolares, que iban incluidas en la pensión de 400€ que le pasaba a su exmujer. ( aparte ropa , libros y material escolar que pagan a medias) Ahora ni bus, ni comedor y una única extraescolar, y le pide la revalorización del IPC, ¿ eso es legal? ¿siendo que tiene menos gastos no deberia de bajar esa pension?, ¿hay alguna forma sin pasar por los judgados ( lo paso tan mal, que se niega a volver a pasar por esa experiencia), de que no pueda seguir aprovechandose de el? gracias por su ayuda y un saludo
Puede pedir lo que quiera, pero se hace lo que dicte la sentencia o el convenio regulador. Si pone que hay que pagar 400e pues hay que pagar 400e, si se considera que es mucho o poco, hay que ir al juzgado y poner una modificación de medidas pero tendrás que justificar porqué es mucho o poco y tienen que haber variado sustancialmente las condiciones desde que se puso ese importe.
Normalmente los convenios/sentencia viene una coletilla que se pagar X cantidad más el aumento del IPC a principios de año, no ahora, puesto que hace falta el IPC definitivo. Es decir que cada año en enero tendrá que aumentar la pensión en lo que suba el IPC.
¿y como llevan separados desde el 2015, y si; en el convenio regulador pone la coletilla del IPC; debe pagársela con efecto retroactivo? ¿ y empezando en enero, y no ahora, entiendo?