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Invalidez testamento por incapacidad

12 Comentarios
 
Invalidez testamento por incapacidad
31/03/2008 18:01
Hola, me han dicho que si una persona hace testamento y posteriormente se la inhabilita totalmente mediante jucio, el testamento no tiene ninguna validez, ya que el tutor podria hacer otro o modificarlo. Es cierto??? No existe forma de que prevalezca la voluntad de una persona aunque tenga una enfermedad psiquiatrica (en este caso, diógenes)?? Muchas gracias
31/03/2008 18:57
Yo no creo que eso sea así, meisin. Entiendo que si esta persona otorgó testamento en su día y aún no estaba declarado incapaz, se le presupone una plena capacidad de obrar, mas aún si el testamento se otorgó ante Notario, ya que el Notario debió verlo con la capacidad suficiente como para otorgarlo, es presunción pública notarial.

Otra cosa es que la otra parte demostrara que esa enfermedad ya la padecía cuando otorgó testamento y que por esa enfermedad no disponía de capacidades físicas o mentales para otorgarlo.

Además, no soy médico ni psiquitra pero no se muy bien que tiene que ver el síndrome de Diógenes con la lucidez para otorgar testamento.

Salvo mejor criterio...
31/03/2008 19:42
Muchas gracias por responder. El tema es que esta persona padece diogenes desde hace más de 10 años y no tiene testamento hecho, y ahora unos "familiares" quieren pedir su incapacidad porque llena su casa de basura, por lo demás es una persona bastante lúcida y sabe los bienes que tiene y los administra ella. El resto de la familia estamos bastante preocupados xq, si se hacen tutores pueden apoderarse de todos sus bienes (sobre todo dinero en las cuentas, más que inmuebles) y la quieren mandar a una residencia.
01/04/2008 12:27
En las condiciones que describes, no hay ningún inconveniente para que esa persona con síndrome de diógenes otorgue testamento el cual tendrá validez incluso en el caso de que posterioremente devenga una causa de incapacidad.
No es fácil conseguir que un juez declare la incapacidad de una persona si esta es capaz; por otro lado, tampoco es fácil que los tutores o curadores se hagan con los bienes del incapacitado ya que tienen que rendir cuentas al juez de su actuación.
01/04/2008 12:29
Sólo pueden solicitar la incapacitación los descencientes, cónyuge o pareja, ascendientes o hermanos del incapaz, no sé si esos "familiares" lo son.

Siempre queda la opción de que le digas a esa persona que deje sus cuentas bajo mínimos, por si acaso, que os lo transfiera a vosotros.

D todas maneras, he leido artículos de casos de incapacidad por Diógenes pero al ser artículos periodísticos, no dicen si es una incapacidad total o parcial. Yo entiendo que el síndrome de Díogenes no priva de autogobierno, al menos no priva de la capacidad de testar.

Y como siempre, salvo mejor criterio...
01/04/2008 20:46
Solo tiene sobrinos, que si pueden pedir su incapacidad, pero a la hora de pedir cuentas, ya que tengo entendido que eso se le pide el juez, puede que al ser sobrinos no tengan derecho de pedir cuentas.

Lo de transferirnoslo a nosotros es algo que ni contemplo, ya que esta persona está enferma y desconfia de todo el mundo.
De todas formas, kalkhuo, no he leido ningun articulo sobre el tema, pero es cierto que no será nada fácil que la inhabiliten, ya que rige perfectamente, cocina, se viste, se baña, maneja dinero, etc... lo unico que no sabe es leer y escribir, pero por lo demas todo.
Es complicado que incapaciten a alguien con estas condiciones?? De todas formas nosotros nos pondremos de su parte y la defenderemos.
01/04/2008 21:37
Cuando se incapacita a una persona se le nombra un tutor o un curador quienes deben rendir cuentas al juez de su actuación
02/04/2008 11:17
Artículo 757. Legitimación en los procesos de incapacitación y de declaración de prodigalidad.

1. La declaración de incapacidad puede promoverla el presunto incapaz, el cónyuge o quien se encuentre en una situación de hecho asimilable, los descendientes, los ascendientes, o los hermanos del presunto incapaz.

Yo no veo que diga nada de sobrinos. Otra cosa es que cualquier persona que conozca una posible incapacidad pueda ponerlo en conocimiento del Fiscal, y que él decida si actúa o no.

02/04/2008 19:54
no me acuerdo exactamente donde fue, pero leí que los hijos de hermanos, osea sobrinos, podian pedirlo. De todas formas, se han asesorado por abogados y si lo han hecho será porque pueden.
De todas formas me han dicho que estos procesos pueden durar de 1 a 2 años, es asi??
Gracias por vuestro interes y por ayudarme
09/04/2008 13:04
Estoy con x-aaa, ante una inacapacidad judicial el tutor tiene que presentar una rendición de cuentas anual y solicitar autorización judicial para la enajenación de bienes. Por otro lado el hecho de que una persona sea declarada incapaz en principio no afecta a los actos realizados con anterioridad salvo que se demuestre que no estaba en su juicio, cosa dificil en el caso de testamentos ya que el notario, fedatario publico, judga la capacidad de las personas que testan. Por ultimo decirte meisin que un tutor no puede hacer testamento en nombre del incapaz ya que testar es un acto personalisimo, por tanto solo lo puede haer el interesado.
09/04/2008 16:06
Gracias ducap, respecto a la duración del proceso, cuanto suele ser hasta que sale todo?
09/04/2008 16:45
No es facil calcular la duración de los procedimientos judiciales ya que depende del juzgado; yo he intervenido en dos incapacitaciones (sin ninguna oposición por parte de los familiares ni del ministerio fiscal) y han durado algo más de un año.
20/05/2009 16:38
La duración de la incapacidad no es muy larga... depende por supuesto del trabajo en el juzgado donde se tramite...

Pero si esa persona esta en sus cavales.... no creo que lo puedan incapacitar aunque la familia lo solicite... tendra que verlo el forense...

Tambien podrian solicitar su incapacidad los servicios sociales del ayuntamiento donde reside... y tambien se le podria nombrar como tutor a la comunidad autonoma de su comunidad... que todas ellas tienen un servicio de srvicios sociales y tutelas...

En cuanto al tutor... una vez nombrado...tendra que hacer un inventario de los bienes del incapaz (fincas..dinero.. etc) y una vez aprobado el inventario por el juzgado... todos los años deberá rendir cuentas y cuando fallezca, rendir cuentas finales a los herederos...

Parece ser que esa persona lo que necesita es un ingreso en una residencia para que reciba unas atenciones y cuidados que por la enfermedad que tiene no recibe...

Deberian los parientes hablar con los servicios sociales y entre todos acordar una solución que resuelva los problemas de esa persona y si es preciso... nombrarle un defensor judicial.... etc..etc.