En circunstancia normales, puedes asistir y participar en la declaración del coimputado.
Si se ha decretado el secreto sumarial, el Auto que lo acuerde detallará si el secreto afecta también a las partes personadas o no.
Si no afecta a las partes personadas, puedes asistir a la declaración.
Si se extiende a las partes, no puedes asistir, Pero debes, una vez termine el plazo por el que se acordó, solicitar se le tome de nuevo declaración al coimputado, para asistir a ella y participar.