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interrogatorio de g. civil de trafico

89 Comentarios
Viendo 41 - 60 de 89 comentarios
13/03/2005 18:41
Mire, no pretendo entrar en polémica con Vd., y ante todo le digo que el procedimiento sancionador no es mi fuerte ya que es un tema que no toco directamente; como Vd. bien dice las sanciones prescriben a los 3,6,12 meses dependiendo si son leves, graves o muy graves; la prescripción se refiere al tiempo transcurrido entre la infracción y la notificación de esa infracción; la caducidad se produce al año, tanto si son infracciones leves, graves o muy graves; y por caducidad debemos entender el tiempo máximo entre la iniciación del expediente hasta que se notifica la resolución sancionadora; entre medias esos períodos se pueden paralizar por ejemplo por los recursos; ahora habría que saber que tiempo ha transcurrido desde que se inició el expediente; si no han transcurrido los 12 meses (teniendo en cuenta que se ha paralizado el cómputo por el recurso), entiendo que el mismo no ha caducado.-
Por otra parte no he sido capaz de encontrar ninguna normativa que indique que los controles de rádar deben estar señalizados, no digo que no exista, digo que no lo he encontrado, quizás Vd. nos pueda indicar donde figura esa norma.-
Es cierto que hace años se indicaba mediante paneles la existencia de controles de radar y estaban en las entradas de las poblaciones; también es cierto que hace años se estaba obligado a anunciar los lugares donde se iban a realizar controles de alcoholemia, pero todo ello me parece que ya no es de obligado cumplimiento; repito, no domino lo suficiente el tema como para asegurar mis afirmaciones.-
De todas formas lo que veo raro es que tuviese un límite de velocidad a 60 kms/h., ya que en zona urbana el máximo permitido es a 50 kms./h. y en carreteras siempre es superior a 60 kms./h.-
Eso sin entrar en que doblar la velocidad permitida por una señal es, como poco, irresponsable. Saludos.-
perfil amg
13/03/2005 16:18
de todas formas sr. rafa, los agentes de trafico tienen la obligacion de avisar de presencia de radar, y no habia nada que dijera: "velocidad controlada por radar" ni nada por el estilo, ya han pasado 8 meses desde que eche el recurso, y no me han contestado, luego la multa ha caducado.
pues si esta informado del tema las multas prescriben:
-LEVES: 3 meses
-GRAVES: 6 meses
-MUY GRAVES 12 meses
si recurrimos se paraliza este periodo, pero si en 7 meses no me contestan al recurso la multa ha caducado, todas las multas caducan a los 7 meses, incluso una muy grave como era la mia.
13/03/2005 13:56
Para AMG, Sr. mío, la L.O. 4/1997, que regula la utilización de videocámaras, no tiene nada que ver con los cinemómetros (radares) a los que Vd. se refiere; no entiendo como le pueden haber aceptado esas alegaciones por un exceso de velocidad, refiriéndose a la Ley ya mencionada; creo que eso es juntar las churras con las merinas. Saludos.-
13/03/2005 10:46
Mensaje eliminado por incumplir las normas de participación en los foros de PorticoLegal.com.
perfil amg
13/03/2005 01:14
hola a todos, haciendo referencia a lo que dice nuestro amigo PpBb, queria decir que no siempre llevamos algo mal, ¿o usted cuando conduce lleva todo bien?, luego entre vosotros no os denunciais, y a mi me han parado varias veces, y siempre les he puesto las cosas dificiles, pidiendo explicacion a todo, y me han mirado todo, todo, bombillas, rueda de recambio, chaleco, triangulos.... y no me han sacado nada.
otra cosa, me detecto el radar a 119 km/h cuando el limitre estaba en 60 km/h, pues esa multa la he recurrido y me la han quitado, pues vosotros tambien hacies las cosa mal, pues la ley organica 4/1997 que regula la utilizacion de videocamaras por las fuerzas de seguridad del estado de be informarse de la existencia de instalaciones fijas de videocamaras o de cualquier otro medio de captacion o reproduccion de imagenes para el control, regulacion, vigilancia o disciplina del tyrafico. los radares tendran que estar señalizados con una placa color azul con un pictograma de una camara de video en la que se lea "zona vigilada" su existencia tendra que ser advertida en un radio de 500 metros. todo ello de acuerdo con el articulo 22.1 y 22.2 del citado reglamento. y en mi caso no habia nada.
tambien pedi la ratificacion del agente y no se ratifico.
luego no siempre llevais razon.
perfil JMP
11/03/2005 21:43
Amigo invitado:

Te recomiendo atenta lectura de los articulos 167 y anteriores del Código Penal. Tampoco te vendría mal, para tener información completa sobre el asunto, un recordatorio de los articulos 490, 492 y 495 de la Lecrim.

Si llevas a cabo mi recomendación y, aún así sigues albergando alguna duda, no tendré problema en explicártelo de forma más detallada, aunque no creo que resulte necesario porque el tenor de los citados preceptos es de fácil comprensión e interpretación.

Un saludo.
11/03/2005 20:40
Lo mismo te deseo.
11/03/2005 19:59
bueno resulta que todos han sufrido alli menos sadanque yo sepa el asesinato masivo llamado por vosotrso guerra sololo ha sufrido el pueblo no sadan. pero bueno a lo que ibamos, no tratare de hacer de esto algo pesado y redundante, asi que no opinare mas, espero que no lo quite el morederador adios a todos y que os vaya bien
11/03/2005 11:08
¿qué narices tiene que ver Iraq con el procedimiento policial?
No hay peor ciego que el que no quiere ver...he dicho en lo del "choricete..." QUE ASÍ TIENE QUE SER.
No te empeñes, hombre.
Si hay abuso, pues se denuncia que para eso están los tribunales, para denunciar Y PROBAR......
Si no, discutir sobre si un policía puede o no hacer determinadas preguntas y lo que puede, podría o pudiese pasar, son discusiones bizantinas que no llevan a ningún lado.
POrque podríamos poner, sin saber más del caso, que la matrícula se parecía en algunas letras a un coche sospechoso, o su color marca y modelo, o estaban esperando a recibir contestación de la central sobre antecedentes, etc.....por suponer, se puede suponer cualquier cosa, y si suponemos un abuso, pues no podemos ponerlo en duda y yo lo denunciaría si me hubiera pasado tal y como dice (pero sé bien que como pasa en muchas consultas, el cliente, como de la amistad, de la verdad, te cuenta la mitad de la mitad y a su conveniencia)
Siguiendo tu silogismo, se puede deducir que afirmas algo así como que la policía está en guerra preventiva contra la ciudadanía.....como contra el pobrecito de Saddam Hussein que únicamente gaseó poblados kurdos (¿no has visto o QUERIDO VER las fotos, hombre?)
Pero bueno, qué te voy a contar si tú mejor que yo mismo conoces mi pensamiento (caray, un TELEPATA).
Pero bueno, creo que tú puedes estar más tranquilo sobre mí que yo respecto de tí, visto lo visto y leido lo leido....menos mal que me amparan todavía las leyes de este estado, mañana Dios y Carod dirán....
Tranquilo, hombre, disfruta del fin de semana y antes haz los cinco minutos de silencio por las víctimas de hace un año.....Saddam no lo haría.
11/03/2005 10:38
Mensaje eliminado por incumplir las normas de participación en los foros de PorticoLegal.com.
11/03/2005 10:20
Ni por Antequera (qué bonito lugar, recomiendo vivamente su visita) ni por chicuelinas, sino como mandan los cánones,
POR DERECHO
Veamos....estamos hablando de una "facultad" que tienen las fuerzas y cuerpos de seguridad de este estado que lo es, democrático y social de derecho, bla bla.....
Sólo dices vaguedades sin poder negar lo principal.
Repito....¿te suena de algo lo de "quien sin estar legalmente autorizado, bla bla....? lo pone en el c.penal "de la democracia".
La facultad existe, es reglada, y con numerosas cautelas como el "corpus christi" que tiene sus antecedentes en el derecho de manifestación ante el Justicia del Reino, del derecho foral aragonés, etc etc......
A mí no me duele nada, si me intentan detener conozco un poco mis derechos, y sabré hacerlos valer, pero como sabes cualquier choricete de tres al cuarto se los sabe mejor que tú y que yo juntos, y así debe ser.
La policía también sabe los derechos que asisten a un detenido.
No se puede ser tan simplista, y menos chillando.
Igual has tenido una mala experiencia policial, y lo comprendo, pero eso no te autoriza a generalizar.
Tú a lo mejor montabas una checa y un tribunal popular "ad hoc", pero yo no lo haría, por fortuna estamos en un estado de derecho, yo vivo del mismo derecho que aplico todos los días y lo respeto y defiendo, aunque haya que combatir los abusos que puedan darse.
Y te puedo decir que los policías no estan deseando "abarrotar las comisarías en tres días", no son tontos, sino trabajadores que quieren tener vida privada como los demás....
Por lo demás, si hubieras leído bien, pone PUEDEN, no DEBEN....no saques de donde no hay.
Y sosiegate un poco, hombre, que llega el fin de semana (cuidado no te encuentres con ningún policía) y como decía el inglés, si un mal encuentro es de evitar, que lo tengas.....
10/03/2005 21:20
Je, je je......Las consecuencias que la actitud evasiva a las preguntas que (legítimamente) hacen los cuerpos y fuerzas de seguridad del estado, pueden hacerte visitar, aún por corto espacio de tiempo, y aunque puedas pedir un "corpus christi" la comisaría más cercana.
abuso de autoridad y amenaza .Eso es detencion ilegal y se que eso te duele que sea asi. Osea que tu abarrotarias las comisarias en tres dias con gente que se niegue a respoder atu pregunta de adonde vas? que hace usted aqui? por supuesto despues de haber comprobado su identidad cerciorarte de que no esta buscado ni tiene nada pendiente con la ley , que lleva sus cosas en orden. Tu le preguntarias despues detodo eso, que adonde va? y que de donde viene y que va a hacer alli? y si el individuo seniega tu le dices que son preguntas" legitimas" y que cuidado sino las responde, que aunque tu ya sabes que no las debe de responder. Por ser tu un agente de la autoridad lo puedes hacer pasar un rato en la comisaria. Eso es lo que tu expones ¡¡venga ya!! y ahora salte por antequera mareando la perdiz
10/03/2005 10:48
Resus, no se que has entendido en mi participación, cuando digo mas personal y motivado no significa necesariamente dispuesto a denunciar a diestro y siniestro, desde mi punto de vista y como ciudadano que paga impuesto de circulación y seguro espero que pongan mas personal para que controlen a todo aquel que va sin carnet, sin seguro, bebido, drogado y conductores profesionales que no hagan los descansos reglamentarios, en el tema de conductores profesionales espero que cambien las leyes y si multan a un trabajador por saltarse las reglas también lo hagan con los empresarios, por triplicado, que explotan a los conductores, por desgracia estamos viviendo una época que el tema de tráfico es demasiado sangrante, como muestra un boton lee a fondo los periódicos que hablan del último accidente donde se ha destrozado a siete familias de guardias civiles, si ves la televisión escucha a los representantes de las dos asociaciones de guardias civiles, faltaba personal y no tenian la suficiente formación, si trabajas con el personal adecuado para cada tarea y además está formado sean o no policias los trabajadores trabajan mas motivados.
Mi mas sentido pesame a las familias de los guardias civiles, saludos
10/03/2005 09:04
"quien SIN ESTAR LEGALMENTE AUTORIZADO, etc etc....."
¿suena de algo a jmp?
Aun no se ha respondido a lo de si declaración equivale a responder a un interrogatorio verbal como el de este hilo, y si lo es en cualquier circunstancia o no.....
Otra pregunta (no vale mirar la lecrim)....¿quién puede detener legalmente a otra persona?
je, je,je.....(saludos, ppbb)
10/03/2005 04:20
Para invitado222
Respeto todas las opiniones, excepto los insultos gratuitos que se quieren fundamentar en opiniones basadas en... la ignorancia...

Por cierto, lo del je je je, sí que es mérito mío ¿No? Parece que se extiende...

Un saludo a todos.
perfil JMP
10/03/2005 01:15
La detención ilegal, je je je, es un delito, por si algún justiciero se piensa que puede tomarse la justicia por su mano. Y doy fe de que existen condenas por detención ilegal, je je je...
10/03/2005 00:09
¿declarar es lo mismo que responder somera y verbalmente a una pregunta rutinaria de un agente como la que se plantea? ¿de verdad?
10/03/2005 00:05
je, je je......las consecuencias que la actitud evasiva a las preguntas que (legítimamente) hacen los cuerpos y fuerzas de seguridad del estado, pueden hacerte visitar, aún por corto espacio de tiempo, y aunque puedas pedir un "corpus Christi" la comisaría más cercana.
Eso hay que saberlo, para que la ignorancia (o chulería) no te jueguen una mala pasada, je je je.........
09/03/2005 23:33
Estimado PpBb, solo decirte que secundo en su TOTALIDAD la opinión de "jmp". Seguramente también la que han censurado.

Confundes profesión con profesionalidad, investigación con abuso, e intimidad con seguridad.

El problema muchas veces no es que el Agente de turno tenga o no justificación para multar. El problema es el comportamiento autoritario elegido en algunos de los casos. Y si roberto ha tenido una mala experiencia, seguro que no lo ha sido contigo como Agente. Evidentemente (je, je, ej....la ignorancia) no eras tú el que tenía enfrente. Ni niguno como tú. Alabo tu perfección.

Respeta un poco más las opiniones aunque no las compartas.

Y ciertamente, el derecho a no declarar, debe sonarte de algo.

Je, je, je,.... la ignorancia
07/03/2005 20:50
(para Roman)osea que trabajen mas no? .sino que metan a mas para que hagan menos, y ademas que les paguen mas y nos cueste mas dinero del que nos cuestan aun: Ole¡