Hola a todos, nuevamente recurro al foro a ver si enndertre tdos hallamos la mejor solución.
Mi problema consiste en saber de forma más amplia que acciones debo emprer sobre un tema de testamento. El testamento expresa, la legitima que por ley le corresponda. Para mi eso supone la legitima amplia, para el otro heredero supone la legitima corta, por tanto deberé pedir al juez que se pronuncie sobre ello.
Mi duda es, si solo debo pedir una interpretación o interponer demanda de juicio de divisiñon de patrimonio (juicio de testamentaria) para que al mismo tiempo dividamos la herencia o eso seria en una segunda parte.
Estoy agradecida almenos en que me leais, si veis que se me escapa algo decidmelo y asi me echais una mano. Si necesitais aclaración de algo me lo decies.
Gracias
Perdona, pero es que desconozco el tema, si no te importa puedes indicar cual es el parentesco que te une a tí y al otro heredero con el fallecido.
Un saludo
Se entiende por legitima "corta" la legitima estricta.
Por legitima "amplia" o "larga", la legitima mejorada.Son el 1º y 2º tercios de legitimas.
Salvo mejor opinión. Saludos
Es cierto, el Cc sólo habla de legítima y como dice Vio, así se entienden. Leg´tima como tal, entiendo que se queda con un 1/3 de legitima y el resto mejora y libre disosición para el otro heredero.
Realmente, necesitaba saber, para aclarar judicialmente esto que acciones habría que emprender.
Zoraser, no me une ningún parentesco, hay que aclarar el contencioso entre los herederos.
Pity, no sé si te he entendido. creo que no.
¿Sois dos herederos, pero ninguno sois familares del fallecido? o alguno de vosotros es familiar y qué dice el testamento porque esto no cuadra. (lo que yo entiendo, quiero decir). Si puedes aclararlo un poco más...
Un saludo
Pity, ¿lo que quiere decir es que usted no es uno de los herederos? Podría transcribir aproximadamente las cláusulas en cuestión y decir qué parentesco une a los posibles herederos con el fallecido.
Disculpad, veo que me exprese de forma incorrecta, lo cierto es que no me entendisteis.
La cuestion residia en dilucidar si el expresar el testamento la legitima que por ley le corresponda, implica legítima corta o larga. No obstante eso es cosa que deberá decidir el jue.
Lo otro era preguntar que tipo de procedimiento sería el correto paa aclararlo. No obstante ya he llegado a mi conclusíon y lo mas corrrecto será entablar juicio de testamentaria.
Un saludo y mi agredecimientoa todos los que os habeis interesado por mi cuestión.
estamos pendiente de abrir el testamento somos 7 hermanos a repartir que cuesta o que debemos pagar al notario por abrirlo y es normal que el notario lleve 4 meses si decirnolo hasta el dia 17 de este mes pues mi madre fallecio el 1 noviembre
Los testamentos no se abren y el notario no tiene porque avisar ni avisa cuando fallece alguien; normalmente el notario no sabe si una persona fallece. Son los interesados en la herencia los que tienen que hacer las gestiones necesarias para enterarse si hay o no testamento y tramitar todo lo relativo a la herencia.
Disculpe, pero yo tampoco entiendo, si no es familiar del causante, no es heredero forzoso, por lo tanto no le correspondería legítima.
Si no existen herederos forzosos, como le indican arriba, descendientes, ascendientes o cónyuge viudo, no existen legítimas y se estará a lo que disponga el testamento.