Si están todos de acuerdo, pueden ejecutar la voluntad de sus padres diciendo que su legítima estricta ha sido cubierta por Ricardo en efectivo, pagado antes de este acto con lo que él se queda con el 100% la casa, sin más.
Suponiendo que la casa es lo único que hay que repartir en la herencia, y lo que quieren los herederos es hacer la adjudicación hereditaria con el menor coste posible, la interpretación de la Notaría es correcta, por el hecho de que hay que respetar las legítimas de los herederos.
Otra cuestión sería si a los herederos quiere seguir estrictamente la voluntad de los causantes, que sería más caro, ya que si la mayoría de la casa se adjudica a uno de los hermanos, este tendría un exceso de adjudicación, teniendo los otros dos hermanos un defecto.
Los excesos de adjudicación hacen que suba la factura a abonar al Notario, y aumentan los impuestos que hay que pagar, que si no hay compensación, se liquidan como donaciones.
Y probablemente, para hacer lo mejor posible la adjudicación tal y como querían los causantes, habría que hacer una División Horizontal de la casa, describiendo al menos 3 fincas, la de la planta alta cuyo disfrute es para Josefa, el corral que se reparte por igual entre los tres herederos, y el resto de la casa que es para Ricardo. Con el consiguiente aumento de costes en Notaría, liquidación de impuestos correspondientes a la División Horizontal, e inscripción en el Registro de la Propiedad si procede.
Mis padres al morir indicaron en el testamento lo siguiente:
"Lega sus participacion en la casa ganancial de numero 53 de la calle F.G. en la siguiente forma:
A su sobrina Josefa al derecho a habitar de por vida a la planta alta del segundo cuerpo de la casa con entrada desde la calle F.G. por entero hasta su muerte.
A su hijo Ricardo,sin perjuicio de lo anterior la totalidad de la casa comprendiendo en el legado la vivienda de la planta baja primera a puerta cerrada y el piso que esta actualmente alquilado.
A sus tres hijos Juan,Ricardo y Jose por partes iguales el corral de dicha vivienda y con salida a la calle San Pedro que esta castrado como trasera de la vivienda”
Las intenciones de mis padres quedaron claras entendiendose que la casa seria para mi hermano Ricardo y el corral nos lo repartiriamos los tres hermanos a partes iguales.
Mi sorpresa ha sido cuando el Sr. Notario me indica que en la escritura de la casa deberan figurar como propietarios los tres hermanos a partes iguales y deberemos permitrir el derecho a habitar de su sobrina.
Por mi parte (Jose) soy partidario que cumpla la voluntad de mis padres y que en la escritura de la casa figure como propietario mi Hermano Ricardo
En todo caso si eso no fuese posible como puedo solucinar este asunto
Gracias por ayudarme
P.D. La parte trasera que da a la calle San Pedro NO se puede segregar porque no reune las medidas obligatorias que marca el Plan de Ordenacion Urbana del Municipio