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Interinidad afectada por chanchullos de empleados y la administración

4 Comentarios
 
Interinidad afectada por chanchullos de empleados y la administración
24/07/2018 20:11
Buenas tardes, necesitaba un poco de ayuda os comento;

Actualmente estoy cubriendo una baja de un funcionario y se ve afectada por su incorporación. El tema es que el sigue teniendo la dolencia, le quedan dos años para jubilarse y el problema que el tiene es que no puede trabajar. El movimiento que el a hecho es hablar con el diputado para no pasar el tribunal medico y lo prejubilen, incorporarse en una situación especial, para llegar a la jubilación, hablando con el turno para que lo cubran, esta situación es un acuerdo verbal, sin validez y su incorporación lo hace con la misma categoría, sin poder ejercer como tal. El problema de esto es que me afecta directamente a mi por que me cesarían. Me han aconsejado en denunciar a inspección de trabajo, puesto seria un despido improcedente puesto que el titular de la plaza se encuentra en la misma situación. Por favor necesito algo de consejo, si alguien le a pasado la misma situación o similar, un saludo.
24/07/2018 23:21
Jmm18
El cto de interinidad debe fijar el nombre de la perdona a sustituir pero no tiene porqué suplir la plaza de éste, puede un tercero suplir esa plaza y usted ocupar la de ese otro trabajador y cuando el trabajador que refleja su cto se reincorpore a esa u otra plaza du cto finaliza, no veo el despido por ningún lado.SMO
24/07/2018 23:30
jamgpreve
Si en mi llamamiento pone su nombre, el caso es que para no perder toda la jubilación, la administración lo incorpora en su plaza con lo cual yo cesó, esto es una coacción hace a mi, por que yo salgo perjudicado y no se si denunciar esta situación. Inspección seguramente lo prejubile por el estado de Salud que tiene
25/07/2018 13:25
Jmm18
Usted sale perjudicado? Es una coacción hacia usted? Inspección seguramente le jubile? Usted no esta muy al corriente de los ctos de interinidad, verdad? Usted sustituye a un trabajador con reserva de puesto que o bien cuando se reincorpore o bien cuando finalice su cto, (en este caso por jubilación si asi fuese), usted en ambos casos su cto terminaría, al menos ese cto de interinidad, y desde cuando la inspección se dedica a jubilar a trabajadores? Ve usted fantasmas donde no los hay, en ambos casos usted se quedaría sin trabajo, además en la administración los puestos de trabajo no se heredan, es decir si ese trabajador se jubila la plaza en su momento tendría que salir a concurso.
27/07/2018 12:20
Jmm18
Creo que no me he explicado bien, el que esta dentro soy yo, el que ve lo que pasa soy yo, lo que comentas de inspección de trabajo ya lo se, estoy bien asesorado, en todo caso gracias por su aportación PAJARO.