Se debe justificar documentalmente la cuantía de la demanda o basta decirlo. Si demando la propiedad de un piso parece que es obvio que supera los 3000 euros.
Deberás acreditar la cuantía de la demanda conforme a las reglas de la LEC. Para el caso de una vivienda, basta con un recibo del IBI en el que consta el valor catastral.