Es legal que los intentos de notificacion en domicilio los haga la Policia Local, sin dejar en el buzon el correspondiente aviso de llegada como hace el servicio de Correos.
Si se trata de escritos de un Ayuntamiento, este puede encargar la entrega a la Policia Local. En cualquier caso, deberian hacerlo notificadores y reservar la Policia Local, para otros menesteres mas propios de sus funciones, de los cuales no estamos precisamente sobrados.
Todo esto dependiendo del fondo del escrito.
Hay temas que solo puede hacer la Policia Local, como por ejemplo "certificados de convivencia".
Aparte de lo dicho por el interviniente anterior, el
Tribunal Supremo ha establecido diversas veces que es válido.
No tiene sentido que vayan al domicilio y no dejen algún aviso en el buzón, pero se ha considerado válido y la notificación se considera realizada correctamente.
Es algo injusto, incoherente y deleznable, pero nuestro supremo tribunal así lo ha declarado.
Así andamos, con los abusos que día sí y día también cometen nuestras impresentables administraciones públicas.
Valor¡¡¡¡