Existía un sindicato denominado X.
Se crea otro sindicato llamado Y.
El sindicato Y absorbe por integración al sindicato X, el cual pierde de esta forma la personalidad jurídica tal y como consta en acta de integración por absorción.
¿Quién es ahora el responsable del sindicato X?
¿Podría el secretario general del sindicato X presentar la dimisión ya que dicho sindicato ha sido absorbido por el sindicato Y?
Lo mismo que lo anterior pero referente al secretario de finanzas.