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instalaciones en fachada

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Instalaciones en fachada
20/10/2003 16:28
Segun la ley de propiedad horizontel, en su artículo 7, no se puden hacer obras que alteren la estructura exterior de los edificios. ¿Hay alguna excepción a esta norma? Me refiero a la instalación de aire acondicionado, rejas, doble acristalamiento, toldos, ocosas así, para la que no es necesaria una obra propiamente dicha.