Os han engañado, no se quien fue el ignorante que procedió a esa votación, y luego el incompetente de administrador que habéis contratado,
Todo lo que cuentas es inaceptable, anular todo, remover al administrador, contratar uno que sepa algo de la LPH, y no sueltes un céntimo hasta que se hagan las cosas bien,
Sin tecnicismos, para que entiendas como para andar por casa, mi opinión a tu Tema: Instalación de ascensor, ¿solo obligación de pago de 12 cuotas? es la siguiente:
La LPH como en tu caso que un discapacitado pida la instalación de un ascensor, lo regula de la siguiente manera.
1 Celebración de una junta de propietarios a petición del discapacitado
2 Votación de la junta.
3 Si la mayoría del total de los propietarios del edificio (más del 50%), que representen a su vez la mayoría del total de las cuotas de participación, aprueba la instalación del ascensor, todos los propietarios estarán obligados a sufragar el montaje del ascensor, sea cual sea el coste de la instalación.
4 Si la Comunidad rechaza la petición del propietario discapacitado para instalar el ascensor porque la derrama que cada vecino tiene que pagar es superior a 12 mensualidades de gastos comunes, también será obligatoria la ejecución de las obras si el propietario solicitante asume la diferencia del coste de la instalación del ascensor personalmente.
Todo lo que que cuentas es una tomadura de pelo, escribes:
1 En mi comunidad se solicitó un ascensor a petición de un discapacitado en 2019. En votación salieron 22 No y 6 Si.
RESPUESTA. Petición denegada, aplicación del articulo 10-b se instalara el ascensor y si el coste supera 12 mensualidades de gastos comunes, todos los propietarios pagaran la cantidad resultante según su cuota de participación.
2 Se eximió del pago a los 20 vecinos que no lo van a usar
RESPUESTA. No se exime a ningún vecino, pagaran todos si procede las 12 mensualidades.
3 ahora pretenden que la semana que viene paguemos la totalidad de la obra los 8 vecinos restantes para iniciar la obra y pagar el total. 7 están dispuestos
RESPUESTA. es absurdo, pagaran todos los propietarios sus 12 mensualidades cuando el discapacitado manifieste que acepta pagar el resto de la cantidad resultante una vez descontadas las 12 mensualidades y ayudas si las hubiere.
4 Podemos acogernos al artículo 10.1 LPH y pagar 12 mensualidades?
RESPUESTA Es que eso es lo que te pertenece pagar sin acogerte a nada
5 nos obligaron a votar los administradores
RESPUESTA te engañaron los administradores, no son quienes para obligar a votar a nadie, en todo caso habría que haberlos denunciados a ellos por coacciones.
6 Para la derrama no ha convocado reunión. Ha mandado un whatsapp con lo que tenemos que ingresar cada uno de los 8 propietarios de la escalera donde irá el ascensor.
RESPUESTA no pagues un centimo, deben pagar todos los propietarios a la vez las 12 mensualidades, pero antes que el discapacitado se comprometa a pagar su parte, y por supuesto cuando este aprobado el presupuesto.
7 Se firmó un presupuesto por 95000 euros en 2019 por el Presidente por orden del administrador.
Y ahora, el administrador envía por whatsapp lo que debemos ingresar esta semana: 10000 euros
RESPUESTA no pagues nada, huele a estafa, busca apoyos en la comunidad, buscar un buen abogado penalista, y presentar una denuncia por ESTAFA.
Muchísimas gracias!
A ver cómo convenzo a los vecinos que están ciegos con el ascensor…
Intentaré hablar con ellos a ver si entran en razón porque además nos falta dinero en la comunidad y no nos facilitan las cuentas y otros vecinos han sido amenazados con denuncias por comentarlo. A ver si por ahí también se dan cuenta de que nos están engañando…
Como le han dicho todo es un desproposito.
1 dice que se firmo en 2019 un presupuesto. ¿se aprobó en junta?
2 dice que este año se firmó un presupuesto ¿se aprobó en junta?
3 se ha aprobado en junta como se realiza la derrama?
4 quien quiere pagarlo de una vez El presidente? ¿Se aprobó en junta?
Si las respuestas son no, no pague ni un duro, dado que todo es ilegal
5 es necesario saber que figura en el acta cuando se aprobó el ascensor
¿Puede añardirla? Porqué hay que saber como está aprobada si por el
art. 10.1 o 17.2. Y Si figura que usted voto que no.
6 Lo que es una locura, es abonar por adelantado la obra
Como le han dicho todo es un desproposito.
1 dice que se firmo en 2019 un presupuesto. ¿se aprobó en junta?
2 dice que este año se firmó un presupuesto ¿se aprobó en junta?
3 se ha aprobado en junta como se realiza la derrama?
4 quien quiere pagarlo de una vez El presidente? ¿Se aprobó en junta?
Si las respuestas son no, no pague ni un duro, dado que todo es ilegal
5 es necesario saber que figura en el acta cuando se aprobó el ascensor
¿Puede añardirla? Porqué hay que saber como está aprobada si por el
art. 10.1 o 17.2. Y Si figura que usted voto que no.
6 Lo que es una locura, es abonar por adelantado la obra
Releyendo, veo que el día 29 indicaba que no se ha aprobado derrama alguna,
Pues bien, yo le diria que ignore la peticion del administrador y cuando éste vuelva a insistir, le indica: que le remita la convocatoria y el acta de la junta donde se ha aprobado la derrama, la forma de abonarla, y pagar la obra por adelantado.
Si le amenaza, nos lo indica.
Queda pendiente que responda a las otras preguntas
es que sigo leyendo y sigo sacando cosas
Olvidesé, para denunciarle se tiene que aprobar en junta, y si esas amenazas van por escrito, le indica que quien va a denunciar va ser usted a él por amenazas,
Saco en conclusion que en su edificio existe más de una escalera, de ahi de exonerar a 20 propietarios
Buenas tardes Jalisco:
Es todo una locura.
Efectivamente somos 8 propietarios en una escalera, 12 en la que no va a instalar ascensor y 8 locales.
1. En 2019 se eligió un presupuesto en junta para el ascensor sólo por ser el más barato.
2. El presupuesto de este año era para realizar el proyecto y solicitar las ayudas de la comunidad de Madrid, aprobado en junta y pagado entre los 8 propietarios
3. Se ha mandado un whatsapp con la cantidad a pagar por los 8 propietarios, sin junta, por la instalación del ascensor aprobada en 2019.
4. La empresa solicita el pago completo para iniciar las obras y ofrece un descuento por pronto pago del 4%. El Administrador nos obliga al pago porque si no, no hay ascensor; y el principal interesado en pagar así, es el solicitante del ascensor, pero los 7 vecinos que han de pagar están de acuerdo (menos nosotros, que somos los octavos)
Ni el presidente ni los de la otra escalera son convocados a las reuniones (se les eximió del pago pero yo creo que deben contar con ellos como mayoría de cuotas de participación de la comunidad: nuestra escalera es sólo un 27%)
5. No puedo adjuntar documentos pero aparecemos en el acta los 6 propietarios que votaron a favor y el resto en contra. A continuación añade “una vez realizada la votación, comprobados los representados y votos salvados, sin ninguna abstención SE DESESTIMA POR MAYORÍA la instalación del ascensor”
Y a las 2 semanas realizaron una junta extraordinaria con el que venía a instalar el ascensor (obligatorio por ley a petición de un sólo propietario) y se aprueba la realización del Proyecto para pedir las ayudas, pero sólo aparecemos los 8 propietarios de la escalera afectada. Ahí hace mención en el acta al “ART 10 LPH, requiriendo mayoría y la obligación de sufragar por todos los propietarios, siempre que el importe no supere 12 mensualidades de cuotas”
Muchísimas gracias por todo!
Muy interesante su última aportación.
1 los locales como figuran en la escritura de división horizontal, añadidos a las escaleras?
Esto es muy importante, dado que si alguno figura incluido en su escalera, éstos deben contribuir a la instalación del ascensor, eso lo puede encontrar en el Registro solicitando la escritura de division horizontal, que no es gratuita.
2 aprobaron un presupuesto, pero no se aprobó como abonar la derrama?
3 para acordar como abonar la derrama hay que aprobarlo en junta
4 el administrador es un sujeto que presta un servicio a la comunidad, por lo cual no es nadie para imponer o exigir nada. Serán los ocho propietarios quien decidiran como hacer la instalacion.
No se quien convoca las juntas, pero éstas no las convoca el administrador, las convoca el presidente, y si éste no acude a la junta, hay que nombrar a un presidente para que dirija esa junta.
Por ética las otras escaleras no deberían intervenir en este asunto, pero la LPH no excluye su convocatoria.
5 con lo descrito en el acta, denota que el administrador desconoce por completo la LPH.
El último párrafo es el más importante, dado que en el mismo indica de forma implicita, que la instalacion del ascensor se realizará por el art. 10.1, dado lo indicado las 12 cuotas, coste de instalación que rebasará de largo.
Indica que en 2019 despues de la primera junta, a las dos semanas hubo otra, acudió usted a ella?
Por lo expuesto tiene dos formas de actuar.
La primera: ignorar de momento el whatsapp y esperar a una segunda misiva por parte del administrador y entonces hacer lo que indico a continuacion.
La segunda: mandar escrito al administrador y le indica.
Que la comunidad como soberana que es, no puede admitir bajo ningún concepto que nadie que no sea propietario decida por ellos e intente imponer la forma de pago del ascensor, ni la forma y la cuantia de abonar la derrama.
Que usted para abonar la derrama que le corresponda abonar no acepta bajo ningun concepto que sea él quien decida como y cuando realizarla.
Que se deberá realizar junta (para este tema si se pueden realizar) y en ella aprobarán todo lo concerniente a la forma de pago y esto lo decidiran los propietarios.
Y también le recuerda que debido a que la instalación es obligatoría dado que se realiza para la eliminación de barreras segun el art. 10.1.b de la LPH (si en acta figura que usted voto no), le recuerda que usted está unicamente obligado a contribuir a la instalación del ascensor con 12 mensualidades.
En otra respuesta dijo que habia abonado este añó 18 mensualidades, ¿verdad?
Pues le indica que como usted ya ha abonado 18 mensualidades y como la LPH en su art. 10.1.b. le obliga unicamente al abono de 12 mensualidades, debera devolverle 6 mensualides que le exijió de forma incorrecta de más.
Que en caso de no hacerlo emprenderá las oportunas acciones judiciales decreclamacion por adjudicarle un abono ilegal.
Resumiendo:
1 hay que averigüar si los locales tienen que contribuir
2 hay que realizar nueva junta
3 no pague ni un duro más y reclame lo abonado de más
4 si le amenaza de forma escrita, vaya a la comisaria y le denuncia
5 conteste a las preguntas que le hago
Vuelvo a decir que Vd. sólo tiene que pagar sus 12 mensualidades. Si ha pagado de más, la comunidad debe devolverle la diferencia. Todo ello debe comunicarlo al administrador dejando constancia.
Los 20 que no tendrán ascensor, por ley también estarían obligados a contribuir con 12 mensualidades, pero si la junta decidió exonerarlos y nadie impugnó el acuerdo, no tienen que contribuir.
Buenos días Jalisco:
1. No sé cómo figuran los locales, pero se les eximió del pago en un acuerdo por mayoría absoluta y no creo que eso se pueda cambiar.
2. Enseñaron 3 presupuestos y se eligió el más barato. No se habló nada más al respecto.
3. 4. No se ha hecho ninguna junta para aprobar la derrama. Ni hay actas ni nada. Solo apareció la empresa a decir que se pagaba todo junto y antes de comenzar la obra y así lo recomendó el Administrador (esto este mes de noviembre) y los 7 vecinos no ponen pegas por whatsapp.
Pero todo debía haber comenzado este lunes y no tenemos ni cuenta abierta para el ascensor, así que de momento, nada de ingresos.
5. No pensamos abonar nada y cuando me envíe “algún documento de pago” le contestaré lo que me aconseja
Muchísimas gracias!!!!!
Gracias Pepelu90!!!
Eso haremos. Es que no podemos permitírnoslo… y esta gente nos va a matar a disgustos.
Ayer ya conseguimos 9 votos de la otra escalera para cambiar de administrador así que a ver cómo acaba esto… ojalá se convoque pronto la junta!
Un saludo a todos y buen día!
Pues nada, no se preocupe y no pague nada en absoluto y le reclama todo lo que le he indicado.
Usted como abona los gastos, le pasa el recibo el administrador o lo ingresa usted en la cuenta de la comunidad.
Si se lo quitan de su cuenta, yo le diria que fuese a su entidad bancaria y que dijese que de momento no abone ningun recibo comunitario, dado que si le desquitan la derrama y la devuelve, tiene un coste de aproximadamente ocho €uros que abonaría usted.
Si hace esto, para abonar el recibo mensual, lo debe usted ingresar en la cuenta de la comunidad, para ello debe indicarle al administrador que no le gire ningun recibo y le debe solicitar el numero de cuenta corriente de la comunidad
En mi comunidad se solicitó un ascensor a petición de un discapacitado en 2019. En votación salieron 22 No y 6 Si. Se eximió del pago a los 20 vecinos que no lo van a usar
pretenden que la semana que viene paguemos la totalidad de la obra los 8 vecinos restantes para iniciar la obra y pagar el total. 7 están dispuestos
Sigo de acuerdo en que ellos no paguen la instalación porque no lo van a usar
Ha mandado un whatsapp con lo que tenemos que ingresar cada uno de los 8 propietarios de la escalera donde irá el ascensor.
Sólo me gustaría saber si puedo acogerme a pagar 12 mensualidades
nos hicieron pagar 18 mensualidades de comunidad a los 8 propietarios que quieren que paguemos.
No sé cómo figuran los locales, pero se les eximió del pago en un acuerdo por mayoría absoluta y no creo que eso se pueda cambiar.
No se ha hecho ninguna junta para aprobar la derrama. Ni hay actas ni nada. Solo apareció la empresa a decir que se pagaba todo junto y antes de comenzar la obra y así lo recomendó el Administrador (esto este mes de noviembre) y los 7 vecinos no ponen pegas por whatsapp.
y se aprueba la realización del Proyecto para pedir las ayudas, pero sólo aparecemos los 8 propietarios de la escalera afecta
Fin de los comentarios.
Cada vez entiendo menos el tema, cada vez salen nuevos datos a la palestra, cada vez este tema se parece mas a una novela de Kafka.
En una comunidad normal donde a petición de un discapacitado, se propone la instalación de un ascensor, la cuestión se soluciona de esta sencilla manera.
1 Debate en junta de propietarios y votación.
2 Según dispone el articulo 17-2 de la LPH, Si se consigue los votos a favor de la mayoría de los propietarios, que, a su vez, representen la mayoría de las cuotas de participación, el ascensor se instalara, y la comunidad quedará obligada al pago de los gastos,
3 Si la Comunidad rechaza la petición del propietario discapacitado, según dispone el articulo 10-b de la LPH, se instalara el ascensor mediante una derrama que cada vecino tiene que pagar, si el coste es superior a 12 mensualidades de gastos comunes, y se instalara el ascensor, siempre que el propietario solicitante asuma la diferencia del coste de la instalación.
Y no hay nada mas que inventar, así de sencillo es lo que se hace cuando se aplica la ley.
Dos actores han intervenido en esta novela Kafkiana, los ignorantes inventores de la primera junta donde se comienza el desaguisado, y el incompetente administrador contratado para ilegalizar mas la ilegalidad.
1 Se ha confundido escaleras y locales con comunidad.
2 La comunidad esta integrada por tantas escaleras como hubiere y los locales.
3 No se explica cómo en una escalera hay 20 viviendas y en la otra 8 y 4 locales. seria un extraño edificio.
4 Aunque el ascensor se instale solo en una escalera, los propietarios de la otra y los locales deberán contribuir al pago de la misma manera.
5 La no utilización de un servicio no exime del gasto.
6 Los propietarios no se acogen a la Ley, no se vota un determinado articulo, se vota a favor o en contra del acuerdo, solo el juez tiene la potestad de interpretar la Ley.
7 El hecho de que un vecino quiera regalar su dinero al discapacitado, no quiere decir que el resto tienen la obligación de obrar así
8 Los propietarios para eximir del gasto a otro, no lo pueden hacer mediante un acuerdo en junta, ese acuerdo solo se puede hacer modificando el titulo constitutivo y por unanimidad.
9 Los locales comerciales contribuirán como cada hijo de vecino al pago del ascensor, los locales que estuvieran exonerados de contribuir a gastos de mantenimiento del portal no incluye los gastos relativos a obras para la supresión de barreras arquitectónicas.
10 No son aplicables las exoneraciones o limitaciones que puedan existir para la conservación, mejora o incluso sustitución del ascensor, cuando nos encontramos con la instalación ex novo del mismo.
11 Si un local comercial esta exento de ciertos gastos, y debe contribuir a la instalación del ascensor, que explicación tiene eximir a 20 propietarios de pisos.
12 Las comunidades autónomas están sin un céntimo, no creas que regalan las subvenciones, en mi comunidad autónoma, exigen que un arquitecto haga un estudio del edificio que se acompañara con el proyecto, y no es gratis, no menos de 2000 euros, para que luego te la denieguen, es una lotería.
¿Esto que cuentas es una novela de Kafka?, al menos se parece, que pretendan que paguen el costo del ascensor 8 propietarios, y que estén de acuerdo 7, que eximan al resto y a locales comerciales, que no haya acuerdos de junta ni actas, un administrador coaccionando, etc, es simplemente inverosímil.
Esta historia no puede tener un final feliz, acabara en tragedia, ojala me equivoque
Buenos días Juanchito:
Muchas gracias por sus buenos dedos, creo los voy a necesitar…
Por desgracia era sólo el comienzo de la novela de Kafka…
Conseguimos un 25% de votos para realizar una reunión para el cese del Administrador porque ahora ha perdido nuestros libros de actas y juntas, no nos cobra la comunidad desde octubre, cambia de preoveedores de mantenimiento y limpieza sin consultar, firman como colegiados de CAF MADRID y no lo están (consulté al Colegio)… pero el presidente dice que hasta enero están prohibidas las reuniones en Madrid.
Ayer enviaron por whatsapp una foto con un número IBAN donde no figura ni el titular de la cuenta indicando que debemos depositar todo el dinero antes del 3 de Enero.
Y si es la cuenta del primo del administrador? Pues los 7 propietarios aplaudiendo…
Supongo que al realizar un pago de 18 mensualidades en 2021, como el plazo de pago es 2022, deberemos ingresar las 6 mensualidades que nos faltan… cómo comunicamos esto y a quien? Burofax al administrador y al presidente? Para que corra con los gastos el solicitante del ascensor…
Nos han denegado las ayudas hace un mes y aún no nos lo han comunicado (ni empresa ni administrador)
Y dando vueltas, que no puedo hacer otra cosa, creo que el administrador votó la instalación del ascensor por los 28 vecinos en la primera reunión (2019, por lo que no se podría impugnar) para que desentendieran del tema y ahora la derrama a pagar entre los 8, tiene en cuenta como favorable el voto de los ausentes (20 eximidos)
No hay actas, no se incluye en el whatsapp más q a los 8 obligados y al administrador… han designado como “presidente del ascensor” a una persona “no propietaria” y que no vive en la comunidad (No al “Presidente” de la comunidad de vecinos) y esa persona decide tofo junto al administrador… abrieron la cuenta donde mandaron ayer hacer el ingreso y no me dejaron participar (solicité estar incluida para ver qué pasa…)
Y ahora cuando voten para cambio de administrador, seré MOROSA y no podré votar… Yo, que nunca he debido nada…
Es que no entiendo nada y no quiero perder mi casa…
Perdón:
1. Muchas gracias por sus buenos Deseos (creo que voy a necesitar mucha suerte)
2. Rectifico: el Administrador ha perdido nuestros libros de Actas y Cuentas.
Las juntas no están prohibidas hasta enero, simplemente no son obligatorias, salvo urgencia, que es diferente.
Si el 25% consideráis que el asunto es urgente, o la convoca el presidente o la convocáis vosotros directamente.
pero quien autorizado abrir otra cuenta?
Porque no sexingresa en la cuenta de la comunidad
Mande un burofax al administrador y le indica que su dinero no lo ingresara en una cuebpnta que no ha sido autorizada por la mayoria de propietarios en junta.
Y que si por ello la declara morosa, emprendera las oportunas acciones judiciales por abrir una cuenta sin autorizacion de la comunidad e indicar la derrama en la misma.
Vamos a ver, el administrador no vota nada, votan los propietarios.
Pero quien ha designado un cargo tan absurdo que ni siquiera existe" presidente del ascensor" y encima es una persona ajena a la comunidad? Y que seguro figurara en esa cuenta nueva.
Mire todo me huele muy mal.
No se preocupe que usted no va a perder su casa, pero si que es posible que pierdan el dinero del ascensor
Buenos días y un millón de gracias a todos por intentar ayudarme.
Acudimos a 2 abogados especialistas en LPH.
Se abrió otra cuenta porque exoneraron de los gastos a la escalera 2 y a los locales (siguen sin darnos copia, sólo el IBAN)
El incompetente del administrador es un LISTO que realizó la primera reunión con los 28 propietarios para que saliera NO y exonerarlos del pago y “nos dejaran en paz”
Cuando en Segunda Convocatoria una semana después solicitó el Ascensor sólo convocó a los 8 propietarios de la escalera afectada por el art 10.1.b (6 lo querían)
Y ahora nos imponen en pago íntegro del ascensor a los 8 propietarios antes del 3 de Enero (a pesar de que en el presupuesto se podía financiar hasta en 10 años) pero los 6 vecinos que estaban de acuerdo han pagado ya, con lo que se acepta el pago por mayoría simple y no podemos acogernos al pago de 12 mensualidades y debemos abonar la totalidad del importe esta semana.
Nos han ENGAÑADO pero bien: debimos reclamar la primera vez que solicitamos acogernos al 10.1.b pero ya no hay marcha atrás.
Así que a solicitar un préstamo, poniendo como aval nuestra casa y ver cómo lo pagamos con un subsidio de 450 euros…
Ojalá al menos instalen el ascensor (de 83 cm de ancho, no accesible) y no se vayan con el dinero y podamos pagarlo aunque sea comiendo sopa de ajo… porque ahora tendremos el doble de gasto de comunidad (50 comun y 50 de ascensor, el préstamo…)
Felices Fiestas a Todos y mil gracias de nuevo!!!