Si no hay aprobado en junta como es logico el presidente no pidra autorizarle donde debe instalarlo.
Pero si esta capacitado para ordenarle a usted que retire el A/C del patio dado que no solucito permiso.
Ahora ya sabe usted lo que lo interesa hacer
No creo que para usted sea tan interesante si se aprobo o no la instalacion del aire en las terrazas, no creo que salga bien parado si se mete en esos lios.
Consejo; traslade el aire a la terraza y no tendra problemas
Si nadie te dió permiso ni lo solicistaste para instalarlo en ese patio de luces, pero si se ha dado permiso anteriormente a otros vecinos para instalarlos en la cubierta (de modo que cada vecino no lo ponga donde le de la gana afeando el edificio o produciendo ruidos a otros vecinos) es lógico que te indiquen que ha de ir en este como el del resto de vecinos. Nadie te obliga a ponerlo allí, puedes perfectamente simplemente quitarlo, ya que no solicistaste permiso para la instalación previa en una zona que al ser un patio de luces se amplifica más cualquier ruido con las molestias que eso supone para otros vecinos.
En ningún acta esta aprobado que se deben instalar en esa ubicación, solo el permiso pedidos de varios vecinos a ponerlos hay y se les concedió pero no expone en ningún acta que se deben instalar hay.
Debe averiguar con el Administrador y/o Presidente, si esos equipos instalados en la cubierta, fueron aprobados en Junta General. En caso afirmativo, que le den copia del acuerdo.
De no ser así, la Comunidad no puede obligarle a usted.
Hola, buenos dias quisiera hacer una consulta he instalado un a/c en un patio de luces y ahora me dicen que tengo que ponerlo en la cubierta de dicha finca, mi duda es la siguiente según mi escritura la cubierta de dicho edificio no es pisable pero me consta que se le dio permiso a varios vecinos para ponerlos en esa ubicación. Me pueden obligar a cambiarlo de ubicación?
Gracias de antemano y un saludo.