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Instalación ascensor

2 Comentarios
 
09/08/2004 09:51
La instalación del ascensor se puede aprobar con el voto de las 3/5 partes de los propietarios y % de cuotas.Art. 17.1 de la Ley P.H.
En tu particular caso, si te crees en grave perjuicio por el proyecto, puedes impugnar el Acta del acuerdo ante la autoridad Judicial, acogiéndote al art. 18.1b de la propia Ley de la P.H.
Piénsatelo bien y mira si puedes llegar a transigir o bien negociar mejorando para tí algun aspecto técnico de la instalación, como es la distáncia de la caja del ascensor a tu puerta entrada, etc.No se en que piso te encuentras del edificio para valorar la necesidad del ascensor, pero piensa que con su instalación la vida de las personas residentes en el bloque mejora en grado sumo y aparte la vivienda sube mucho de valor.
09/08/2004 09:48
Si, puede negarse. Informese en el Ayuntamiento referente a las ordenanzas sobre anchos minimos de rellanos de acceso a viviendas y mesetas de escalera, asi como el espacio minimo delante de la puerta del ascensor. Si la instalacion del ascensor no cumple con estos requisitos, la Comunidad no podra ejecutar la instalacion. Aparte por afectar a la estructura necesitaria proyecto tecnico redactado por Arquitecto.
Instalación ascensor
09/08/2004 09:09
Vivo en un bloque de unos 30 años, donde no hay ascensor y además tampoco hay el habitual hueco de escaleras que permite su instalación. No obstante el edificio tiene un rellano común bastante amplio en cada planta. Una parte de la comunidad de vecinos quiere instalar el ascensor creando el hueco en mitad de este rellano. Me preocupa muchísimo este proyecto que, de salir adelante, supondría cortar forjados y vigas, con el correspondiente riesgo de aparición de grietas en las viviendas. Además supondría que lo que antes era un amplio rellano que daba acceso a seis viviendas por planta, se podría convertir en un angosto pasillo de no más de 75 cm., que incluso incumple la normativa de accesibilidad. No me opondría a la instalación del aparato si hubiera hueco para ello, pero me preocupa muchísimo este proyecto, que me perjudica al colocarme una pared a 75 cm. de la puerta de mi piso (¿cómo entro o saco muebles?) y además es peligroso. Dado que el rellano constaba en las escrituras de mi piso como uno de los lindes, ¿puedo negarme a dar mi consentimiento a que se utilice este espacio común para un fin distinto al original? El art. 11 de la Ley de Propiedad Horizontal dice algo al respecto.