Buenos días, les expongo mi caso, pertenezco a una comunidad de 8 vecinos, los 2 bajos con entrada independiente pertenecen en parte a la comunidad (No pagamos servicio de limpieza ni luz comunidad), tenemos dos patios cada bajo. La vecina del ultimo piso pide la instalación del ascensor porque en unos años cumplirá 70, el tema es que yo no me opongo pero quieren hacer uso de los patios de los bajos, el mio en particular tengo acceso por puerta desde la cocina y en el tengo la caldera, lavadora, secadora y todas las llaves de paso de gas y agua, cuando compre la vivienda esto ya estaba así, la vecina comenta que me tapiaran la puerta de la cocina para poder instalar la maquinaria del ascensor, tengo entendido que la ley contempla que la superficie expropiada no puede impedir la habitabilidad o funcionalidad de la vivienda, seria este mi caso? puedo negarme legalmente a la instalación?
Muchas gracias de antemano.
M
Por lo que cuenta, usted tiene acceso desde la puerta de la cocina y en ese patio tiene usted la caldera, lavadora, secadora y todas las llaves de paso de gas y agua. Y pretenden tapiar esa puerta, luego entonces ¿cómo podrá acceder a la caldera, lavadora, etc...?. ¿Hay otra alternativa?.
Ante esto, vote rotundamente que no en la junta y que conste en acta.
El tema es que tres vecinos no estamos conformes pero el administrador y la vecina que lo solicita dicen que por ley no podemos oponernos aunque esto afecte en mi caso a todo lo anteriormente expuesto, no se si tenemos alguna ley que argumente nuestro caso, muchas gracias.
Veamos. Desde aquí y sin tener todos los datos, el consejo que le podemos dar está sujeto a lo que usted expone.
El artº 17, punto 4 en su último parrafo de la Ley de Propiedad Horizontal determina:
"No podrán realizarse innovaciones que hagan inservible alguna parte del edificio para el uso y disfrute de un propietario, si no consta su consentimiento expreso."
En una palabra, usted manifieste con rotundidad su negativa a esa instalación y que conste en acta (esto es muy importante) ya que en caso de litigio (juicio) usted pueda demostrar que se opuso a ese acuerdo por sentirse agraviada. Que no se niega a que se instale por otra parte del edificio pero por ese lugar no.
Sobre el administrador. CUIDADO. Hay administradores, regulares, malos, (los buenos no los conozco, dicen que existen) . Cuando un administrador se inclina por una opción cuando ve perjudicar a otros vecinos, debe estar muy informado de lo que dice o, tiene intereses espurios en hacer esa obra o reforma.
Si la cosa sigue adelante, sólo le queda contratar a un abogado entendido en Propiedad Horizontal y litigar, pero como ya le he dicho, manifieste su negativa a ese acuerdo con rotundidad, porque si usted no se opone, le harán la obra con su consentimiento y ahí usted ya no podrá hacer nada.
Otra cosa que se me olvidaba. En caso de que conste en acta el acuerdo a pesar de su negativa, no se duerma y contrate a un abogado para que impugne el acuerdo (esto lo tiene que hacer un abogado) ya que el tiempo va en contra de usted. Hágalo de forma inmediata (en un mes desde el recibo del acta) . La dejación implicaría la aceptación por parte de usted del acuerdo al tener mecanismos de impugnación que usted no ha realizado. No lo demore.