En mi empresa, se ha hecho una inspección, ya que nos aplican un convenio de otra comunidad y que no reconoce específicamente la categoría de las funciones que realizamos (estamos en la más baja). El de nuestra comunidad es más beneficioso económicamente ya que reconoce específicamente nuestra categoría. La empresa ha admitido que aplicar el otro convenio es incorrecto (y además en el contrato especifica nuestras funciones y en la nómina también consta la categoría correcta). El inspector está haciendo el acta de liquidación por diferencia de cotizaciones, pero nos dice que no puede calcularlas en función de la categoría correcta, sino de la misma categoría donde estamos pero en el convenio de nuestra comunidad. ¿No debería calcular las diferencias con el convenio correcto y la categoría correcta? ¿Por qué admite el convenio, pero no la categoría? Lo único que nos dice es que puede multarles por no aplicar las categorías profesionales correctas, dejando claras nuestras funciones, para que luego los trabajadores demanden por cantidad. ¿Es correcta la actuación del inspector? ¿Los trabajadores pueden impugnar su resolución? Y en caso afirmativo ¿cuál es el procedimiento a seguir?
Gracias!!
Entiendo que será tramitando un procedimiento judicial como se determine que las funciones por ustedes desarrolladas se corresponden con otra categoría y, tras una sentencia estimatoria, la empresa deberá abonar esas diferencias. Excediendo esta petición del conocimiento de la inspección, si bien lo que se refleje en el acta puede servir, en ese ulterior proceso, como prueba.