He sido condenado a pagar una multa de mas de 240 euros por sentencia judicial firme por via penal, procedente de un juzgado de instruccion de otra comunidad autonoma tras juicio de faltas. Entonces resulta que me han dado un plazo de 10 dias para pagar o bien, se me dice en la carta que proceden a embargarme los bienes y si no los tengo, tendre que pasar 10 dias en prision.
Mi consulta es: estoy en paro, no cobro prestacion, pero tengo un piso a mi nombre, y otro piso a mi nombre pero en la que figuran mis padres (no la puedo vender mientras ellos vivan), y ademas participo con mi madre en el alquiler de un local, pero este ingreso no llega al salario minimo. Ademas de eso tengo varias cuentas corrientes, aunque no con mas de 6000 euros en cada una. ¿Deberia meter a plazo fijo estas cuentas para que no me las puedan embargar? ¿como puedo declararme insolvente en mi situacion para evitar tener que pagar esa multa? ¿que puede hacer el juzgado para obligarme a pagarla? ¿que organismo valida esa insolvencia? ¿si cada vez que me llegan con cartitas certificadas del juzgado sencillamente no les abriera la puerta, aludiendo que estamos de viaje ¿que consecuencias podria tener esto?
Paga la multa... desde el juzgado se puede averiguar tus bienes.... tu cuentas bancarias... pensiones... plazos fijos ...etc...etc... si no la pagas voluntariamente, el juzgado mandara un oficio al banco para que te retengan dicho importe de alguna de tus cuentas o plazos fijos... al final si tienes dinero o bienes, la tendras que pagar... y si fueras insolvente... es decir ni dinero, ni sueldo ni bienes... tendrias que cumplir la pena de arresto sustitutorio.. asi que...tu mismo....
ademas.. por 240 euros crees que te metece la pena todos esos lios de oficio a los bancos etc...etc. y si mientras miran o no, encontraras trabajo, podrian escribir a tu empresa para retenerte el sueldo....
Ah,, se me ha olvidado... si no coges los avisos, iran del juzgado a tu casa, te la dejaran en el buzon y será como si te lo hubieran entregado personalmente.... siguiendo tu criterio de no abrir la puerta etc...etc... nadie se daria por enterado....