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Inquilinos para siempre

1 Comentarios
 
28/04/2004 10:55
Cuando fallezca la madre, los hijos, (siempre q hayan convivido con ella los dos úyltimos años antes del fallecimiento) podrán ubrogarse por un maximo de dos años, o en el caso de que sea menor de 25 años hasta que los cumpla. El único caso en el que el hijo cuando muera su madre se puede subrogar de por vida es si fuera discapacitado y tuviera declarada una minusvalia de mas del 65%.
Tambien podesi plantearos denegar la prorroga por necesidad para un descendiente de tus padres, pero para eso es necesario que ese descendiente no tenga ningún ppiso de su propiedad en la misma localidad y que tenga independencia económica, y tb es necesario que tus padres no tengan más pisos de su propiedad, exceptuando el piso en el que viven. Es un procedimientio un poco largo, se pueden tradar unos dos años (aunq puede ser mucho menos o algo más), pero al final se recupera el piso.

Un saludo
Virginia
varce76@hotmali.com
Inquilinos para siempre
27/04/2004 23:56
Mis padres son propietarios de un piso que alquiló mi abuelo en 1968. Tras la publicación de la nueva ley La inquilina ha ido subiendo la renta año tras año sin que mediase petición de mis padres, porque hasta ahora no habían tenido problemas económicos. La renta ha pasado de 3.500 ptas a 16.000 ptas que es lo que actualmente pagan. Mi abuelo alquilo al padre de familia, que falleció y se subrogó su mujer en el contrato. Vive con un hijo soltero y su hija, casada, también pasa temporadas allí. Nos gustarñia saber que podemos hacer para recuperar la casa, o para actualizar de mannera digna la renta, pues nos encontramos en una situación económica muy apurada y nadie quiere comprarnos la casa con un inquilino eterno. ¿Tienen derecho sus hijos al mismo alquiler cuando muera su madre? ¿Hay alguna manera de recuperar la casa? Gracias