eso es Odín, busco respuestas jurídicas; podrían tomar medidas las asociaciones protectoras de animales por insultar a los pobres perritos?, quién tendría que otorgar el poder a pleitos?, hay tantas y tantas cuestiones...
¿Yo creo que lo que pregunta Eagle es si eso puede constituir delito de injurias. Y además si la injuria racista tiene una consideración penal en nuestro ordenamiento jurídico, en especial.
La agravante de publicidad además, es patente pues la TV es un medio de gran difusión.
por lo que podrían derivarse responsabilidades para esa cadena emisora, pues tendrían obligación de suprimir esos contenidos.
Son cosas que se me ocurren y francamente no entiendo que este hilo provoque entre indiferencia y sarcasmos....pero respuestas jurídicas, si no me equivoco, ninguna.
Gracias por interesarte, Maica, como siempre rauda y veloz:¡¡¡la marina te llamaaa!!!
Un abrazo.
A ver, yo entiendo que si es injuria la acción o expresión que lesionan la dignidad de otra persona, menoscabando su fama o atentando contra su propia estimación, la palabra "perro" se utiliza en un sentido despectivo, humillador, que, a mi juicio, lesionan la dignidad de la persona que sufre el insulto y atenta contra su propia estimación.
Si bien considero que no de modo grave, sino más bien leve, por lo que calificaría esta expresión como falta de injurias y no delito de injurias.
Dado que lo consideraría una falta y no un delito, no entiendo yo aplicable el subtipo abravado del artículo 209, relativo a las injurias graves hechas con publicidad.
Dentro de la falta de injuria y con la misma pena quedaría embebido, a mi juicio, el adjetivo de judío, que se usa en el contexto con un tono despectivo y vilipendiador.
Por tanto, una sola pena para una sola falta.
En cuanto a si la expresión "judío" podría tener alguna incidencia, por ser una expresión racista, entiendo que todo se englobaría en lo anterior, dado que no se puede aplicar la agravante, a mi entender, de cometer el hecho por motivos racistas, salvo que la expresión se estuviera usando contra un judío y el ánimo del que la profiere es humillarlo por su condición de tal.
Conclusión: salvo mejor criterio, la expresión perro judío es constitutiva de una falta de injurias.