De verdad que estoy alucinando..., con la justicia en este pais.
Por una ridicula falta, si no pagas la indemnización y la multa, te vas a la carcel, por días, pero a la carcel ... aunque no tengas dinero
En cambio si eres insolvente y dejas de pagar a una persona una cantidad importante, ningún problema, como eres insolvente.
No lo entiendo.
Porque te pueden obligar a 1º pagar la indemnización y la multa lo último, para poder meterte en la carcel si no tienes dinero?
Madre mía, que injusticia. En mi caso hablamos de una multa de 200 euros (12 días subsidiarios), y la indemnización (gafas, ropa y rasguño), 1800 euros. Que gracia no?
Si por esa causa se condena a una persona a 16 días de prisión, ¿Cómo opera el artículo 36 CP, que dice que la pena de prisión tendrá una duración mínima de 3 meses?
Efectivamente, Fitonito. Según el artículo 126 del Código Penal los pagos que se efectúen por el penado o el responsable civil subsidiario se imputarán por el orden siguiente:
1. A la reparación del daño causado e indemnización de los perjuicios.
2. A la indemnización al Estado por el importe de los gastos que se hubieran hecho por su cuenta en la causa.
3. A las costas del acusador particular o privado cuando se impusiere en la sentencia su pago.
4. A las demás costas procesales, incluso las de la defensa del procesado, sin preferencia entre los interesados.
5. A la multa.
Además, cuando el delito hubiere sido de los que sólo pueden perseguirse a instancia de parte, se satisfarán las costas del acusador particular con preferencia a la indemnización del Estado.
Gracias lagunalegal, pero me dicen que es imposible pagar solo la multa, ya que si ingreso el importe de la multa toda o a plazos, el juzgado lo contabiliza como indemnización. Es cierto?
El artículo 53 del CP regula la responsabilidad personal subsidiaria por impago de multa, a razón de un día por cada dos cuotas no satisfechas que se puede cumplir en régimen de arrestos de fin de semana o incluso en trabajos en beneficio de la comunidad.
Perefectamente puedes pedir el pago a plazos.
Y en cuanto a la indemnización, si no tienes ahora, se te declarará en insolvencia, a esperas de que vengas a mejor fortuna. Es decir, en cuanto trabajes te embargarán la parte que legalmente corresponda segun las escalas que determina la Ley.
Es ciento que si no pagas una multa porque no puedes, no tienes dinero, entras a la carcel por responsabilidad subsidiaria???
Y si pudes pagar la multa a plazos pero la indemnización te es totalmente imposible?
Puedes pagar sólo la multa? Gracias.
ES MUY URGENTE