Hola a todos, les comento mi caso con el fin de que puedan ayudarme.
En primer lugar el 16 del 8 de 2007 me llego una notificación de INCOACIÓN EXPEDIENTE SANCIONADOR con una multa de 300,50e según el art28 ley Orgánica1/92.(infracción administrativa leve)
Yo no estaba de acuerdo con lo redactado en la misma, asíq ue presente un pliego de alegaciones.
Posteriormente me llegó una notificación con asunto : Cambio instructora el 30/10/2007.(por una baja).
Hoy martes 18 del 12/2007 me llegó otra notificación asunto: propuesta de resolución , en la que seme propone una multa de 120 e basabdose en el art 26.H de la ley orgánica 1/92.
También me indica que se consideran probados los hechos descritos en los antecedentes siendo de aplicación los fundamentos legales reseñados, que no quedan desvirtuados por las alegaciones presentadas por el interesado.
A continuación me dan 15 dias hábiles para formular alegaciones y presentar documentos e informe que estime convenientes, así como para examinar el expediente , cuyos decumentos me detallan y que son los siguientes:
Escrito de denuncia
Acuerdo de iniciación de expediente sancionador
Escrito de alegaciones del interesado
Solicitud de informe al órgano denunciante
Informe de los agentes que presentaron los hechos ratificando la denuncia
(Estos documentos sobre todo el de el informe de los agentes), ¿Tengo el derecho a verlo?¿ A quien debo dirigirme para que se me faciliten?
En el caso de presentar en estos 15 dias alegaciones , ¿que puede pasar? ¿ Habría juicio? ¿ Puede ser una multa mayor en caso de perderlo? Trae que si no presento alegaciones se elevará el expediente al Delegado del Gobierno quién resolverá lo procedente.
Si reclamo y pasa 1 mes y no me notifican nada llegaríamos a 6 meses desde la primera notificación¿ Prescribe entonces el expediente?
Tienes derecho a ver tu expediente (donde encontrarás el informe de los agentes).
Debes dirigirte a la Administración (la dirección debe constar en la propuesta de resolución)
Presentada o no alegaciones en el plazo de 15 días, la administración deberá resolver, sin juicio y sin elevar la multa propuesta. La cuestión sobre prescripción/caducidad es un tema delicado que puede resolverse genéricamente.
En caso de pagar la multa debería de ser cuando dentro de 15 dias me comuniquen mediante una notificación firme lo que debo de pagar ( ¿generalmente que es lo que propone la instructora? ).
En el caso de alegar el juicio se produciria, si no estoy de acuerdo cuando me envien la notificación sobre la sanción final no?
El expediente me envían ellos una copia a casa, o debo a acercarme yo hasta la Delegacion del Gobierno más cercana?
Muchas gracias por todo un saludo y felices fiestas, muy amable.