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Información de tarjeta comunitaria.

506 Comentarios
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02/11/2011 12:17
Hola buenas tardes, mi consulta es en materia de extranjería.

Yo tengo permiso de residencia de estudiante, actualmente caducado el 30 de enero del presente año, sometí la renovación y me lo denegaron según ellos por la no presentación de la tesis. A través de una firma de abogados sometimos un recurso el 22 de junio y hasta la fecho no nos han respondido.

Antes de esa problemática yo tenía muy avanzada las gestiones para casarme con mi novia. Pues al fin nos hemos casado en este mes. Mi pregunta es: puedo yo transitar las calles sin problemas con el certificado de matrimonio y el libro de familia?, yo he solicitado la cita la gestionar la residencia comunitaria y me la han puesto para el 19 de julio del 2012. Tengo yo que andar con otros documentos las calles aparte de los mencionados arriba?.

Mi abogada me ha dicho que tendría que solicitar a través de ellos, un justificante de Tramitación provisional para transitar con un 90% de tranquilidad las calles.

Hasta donde es verdad esto?

Les agradecería su opinión o aportes a mis dudas.

Gracias

Saludos.
02/11/2011 05:32
Condedecartagena de antemano GRACIAS por su ayuda. Yo soy Colombiana casada en Colombia con cuidadano de la EU, ya registramos nuestro matrimonio en su pais y esta apostillado y traducido al castellano, etc, ahora voy a tramitar mi tarjeta de residente como familiar de comunitario en Barcelona. Se cuales son los documentos a aportar, pero despues de leer los foros mis dudas son:

1. Mi esposo debe acompanarme ese dia o puedo yo ir sola llevando su NIE y el resto de documentos.

2. De mi pasaporte colombiano debo fotocopiar todas las paginas del pasporte o solo las 2 primeras paginas? (y en la 3ra pregunta sabra pq digo esto)

3. Ahora mismo soy ciudadana de otro pais, ya que Colombia tiene el derecho a la doble ciudadania, por lo mismo porto mis dos pasaportes, en el Colombiano no tengo visa para entrar a Espana pq con mi otra ciudadania tengo el derecho para viajar por tres meses dentro de la Zona Schengen. Ahora bien el dia que vaya a la cita a solicitar mi tarjeta de residencia como familia de comunitario, si ellos ven que no tengo visa en mi pasaporte colombiano (presentare el pasporte colombiano pq me case en Colombia) eso me impediria ser aceptada? o simplemente muestro tambien mi otro pasaporte de mi otra nacionalidad? o ellos no revisan los visados???

Gracias por su respuesta.

02/11/2011 01:00
hola a todos, mi pregunta es la siguiente, soy dominicana tengo 2 años en españa legalmante, tengo targeta de estudiante, me caso con mi novio español en enero 2012, ya hize la cita para la targeta regimen comunitario y tengo cita para agosto 2012, es decir que si todo sale bien con dios en adelante tendre mi targeta comunitaria antes de diciembre 2012, mi nie de estudiante se me vence en octubre 2012, crees q deberia renovar el nie de estudiante? el año para solicitar la nacionalidad española se cuenta a partir del dia de la boda? o es cuando tengas un año con la targeta de regimen comunitario?si es a partir de la boda entonces puedo solicitar la nacionalidad en enero 2013 porque ya tendre un año de casada con mi esposo ,aunque tenga la targeta comunitaria reciente? esto se puede?
gracias .esperando su pronta respuesta
29/10/2011 21:25
hola buenos tardes
mi consulta es mi amigo presneto solicitud para obtener tarjeta comunitaria por estar casado con una española en el mess de junio el 21 septiembre en madrid, luego el fue a extranjeria para saber de su tramite y le han dicho que tu tarjeta esta aprobado desde 21 de septiembre y tiene que esperar mas o menos un mess que llege una carta para que podea recojer su tarjeta y todavia no llego la carta , no sabemos como es el proceso de madrid porque el tiene puesto las huellas en el dia que presento su solicitud
otra cosa su tramite no sale en la pagina de internet https://sede.mpt.gob.es/infoext2/jsp/indexnie.jsp
le agredesria si podias ayudar a mi amigo
gracias un saludo
28/10/2011 00:42
Buenas tardes. Escribo desde venezuela ya que me voy a casar en españa con un español, pero al casarnos nos vendremos a venezuela ya que actualmente tengo estabilidad laboral y el en españa no tiene trabajo, el vendra a trabajar aqui conmigo. Nos casaremos en españa motivado a que no nos podemos casar en venezuela ya que sus padres son mayores y no pueden trasladarse hasta venezuela ya que actualmente su padre esta convaleciente y no queremos se pierdan tan emotivo evento ya que nos casaremos por la iglesia. Nuestra pregunta es, si algun dia decidimos irnos a vivir a españa que pasaria en mi caso ( ya que soy la extranjera) si me he casado alla pero no he vivido? yo registaria en el registro el matrimonio y aparte de eso solicitaria lo del nie, libro de flia y otras cosas o no? que tramites debo hacer por si algun dia residimos alla para yo no tener problemas legales e ir tranquilamente y vivir con mi esposo en su pais. Muchas gracias y a la espera de sus comentarios.
26/10/2011 15:21
Buenos días,
Soy española, de Madrid. Me casé en Agosto con un ciudadano americano en EEUU y legalizamos el matrimonio en el consulado. Mi marido tiene planeado venir a España en un mes. Llamé ayer a extranjería y me dieron hora para hacer la tarjeta de familiar de ciudadano de la Unión para octubre del 2012; sí, dentro de un año!!! He leído en el foro mensajes de personas en situación parecida y me he leído la ley de arriba abajo.

1) Con toda esa información, entiendo que él puede quedarse en España a pesar de que no podemos hacer el trámite en los tres primeros meses de estancia en España. Esto es, entiendo que teniendo su pasaporte en regla, el libro de familia, el certificado de matrimonio (del registro civil central) e imprimiendo la cita previa no tendríamos problemas, ¿es así?

2) En esas circunstancias él NO sería capaz de trabajar, ¿verdad?

3) Como EEUU tiene programa de exención de visado, ¿él no necesita visado aunque entre por más de 3 meses? En el consulado nos han dicho que NO hay un visado que contemple esta situación.

4) ¿Cómo de meticulosos son en la aduana? ¿Puede tener problemas si viene con billete sólo de ida? ¿Debe decir que viene a reunirse con su mujer española? Yo tengo la experiencia de las aduanas estadounidenses y sé que esto allí sería impensable, pero leyendo la ley española parece que si él indica que es familiar de un español le deberían facilitar las cosas en la aduana...

Muchísismas gracias de antemando. Un saludo,

Mrs Oppy.
26/10/2011 09:11
Con respecto al tema de cambio de tarjetas tengo un problema:
He estado en España, estudiando con tarjeta de estudiante 3 años, he ido renovando, en esos años conocí al que es ahora mi marido y nos casaos antes que terminará mi últma tarjeta estudiante y pase a la comunitaria. El año pasado tuvimos una hija y he querido cobrar el cheque bebe, pero la funcionaría se ha empeñado en que no puedo, no por mi tipo de residencia anterior a los 2 años, sino porque en uno de los años hay una diferencia de días entre la solctud y la concesión, es decir, a modo de ejemplo: me dieron cita para el mismo día que caducaba mi tarjeta y me la entregaron 15 dias despues, en vez de que la tarjeta que me dieron, fuese valida desde el día del vencimento de la anterior, la pusieron con fecha del día de entrega, es decir unos 15 dias de diferencia. Para la funcionaria es que no he tenido residencia continuada por esos 15 dias en el aire, para mi y lo que me dijieron en la policia tengo 3 meses de legalidad hasta que me den la siguiente tarjeta.
Lleva la razón la funcionaria? Que puedo hacer? ya lo he solicitado por la declaración de renta y tambien me han descontado los 2500€ ( ha sido la misma administración la que tramitaba mi solicitud anterior)
Tomo alguna acción legal? no se que hacer ya.
Gracias
26/10/2011 01:33
Hola Condedecartagena, soy estudiante venezolana y mi NIE está en proceso de renovación, tengo mi resguardo. Mi duda es si yo puedo viajar sin problema a Paris en diciembre. Los venezolanos no necesitamos visa para entrar a Francia pero mi preocupación es si por tener el NIE vencido y en proceso de renovación la aerolínea (Ryanair) no me permita volar. Gracias
24/10/2011 17:08
Ya puedes visitar nuestro foro, donde cada semana sacaremos un nuevo tema.
Esta semana, el Nuevo Reglamento de Extranjería a debate.
regístrate y danos tu opinión!!!!

http://www.cyldigital.es/grupo/integracion-social-y-tic?seccion=foros
24/10/2011 17:01
Buenas tardes, Condedecartagena. Tengo una cuestión que no sé muy bien cómo enfocar. Se trata de una conocida, rumana, que vive en España con su marido y sus hijos desde hace bastantes años. La hija pequeña, nacida en España, cumplió ocho años la semana pasada. Ha residido aquí siempre. El caso es que a los padres se les ha pasado la renovación de los papeles de esta hija. Cuando ella nació, registraron su nacimiento en nuestro Registro Civil. Sólo lo apuntaron. No iniciaron ningún trámite a partir del año para conseguirle la nacionalidad española ni nada. Ella es rumana a todos los efectos. Ahora no saben qué hacer. La madre está desesperada. Andan bastante justos de dinero para viajar y no saben si podrán arreglarlo desde aquí, tratando el caso como rumana que es la niña o intentando algo como española. Dice que tiene miedo porque le han comentado que hasta pueden dejarla sin la niña. ¿Podría ayudarnos algo en este tema? Muchísimas gracias de antemano. Saludos.
23/10/2011 14:48
Hola.

1.- Puede solicitar prórroga de plazo, antes de que venza el que le han concedido, alegando que el documento debe venir de su país de origen porque el Consulado acreditado en España no lo puede expedir, al no permitírselo la legislación vigente en su país. Pero debe saber que, la Ley solo permite prorrogar el plazo hasta por la mitad del plazo inicialmente establecido, que en su caso, serán hasta 5 días hábiles más (art. 48 Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y de Procedimiento Administrativo Común).

2.- Si usted no aporta los documentos en el plazo establecido, se lo tendrá por desistido. El efecto de este desistimiento será, simplemente, que se considerará que usted ha abandonado el procedimiento concreto, pero se mantiene intacto el derecho y por eso mismo, podrá iniciar un nuevo procedimiento.

Un cordial saludo.
23/10/2011 02:40
Buenos dias.
Un millon de gracias por su informacion, yo no pude ver la respuesta anteriormente y por eso envie el mensaje nuevamente por error.

Un saludo cordial.
23/10/2011 02:06
Buenos días,
Soy ciudadano Venezolano y estoy casado con una ciudadana Holandesa. Ella quiere ir a España para vivir y terminar sus estudios, por esa razón queremos emigrar juntos. Estamos viviendo en Venezuela actualmente y estamos pensando en ir a Holanda para buscar algunos documentos y de ahí queremos ir a España directamente. Ya tenemos nuestra acta de matrimonio registrada en Holanda.

Les agradezco que me puedan resolver las siguientes dudas:

¿Será posible recibir la tarjeta de familiar comunitario en este caso?

Y en caso de ser posible ¿Qué documentos debe ella o yo mostrar para recibir la tarjeta de familiar comunitario?

¿Es un requisito mostrar que tenemos recursos económicos?

Les agradezco toda la información necesaria que me puedan brinda o algún consejo para ver cuál es el mejor camino para estar legalmente en España. Saludos Orlando C.
22/10/2011 17:57
Hola Condedecartagena

Estoy muy agradecido por tu ayuda y atención, has sido parte esencial en este proceso.

Según recordarás en mi caso antes mencionado, a esta fecha tengo casi todos los requisitos adicionales que me han solicitado, pero me falta justamente mi certificado de estado civil, el cual lamentablemente el consulado no me gestiona y estoy a la espera de los tribunales de mi país. La semana entrante iré para solicitar la prórroga antes de que se venza la fecha, tal cómo me has indicado.

El atajo que me has recomendado no lo podré usar, porque al realizar esos procedimientos no me han pedido el certificado de estado civil.

Puedo obtener una copia de mi certificado por Internet, pero obviamente sin Apostilla.

Mis dudas son:
1) ¿Solicito prórroga llevando los documentos incompletos o solicito prórroga y espero a tener los documentos completos? En el primer caso es para que vean que estoy interesado en llevar los documentos.

2) Esperando lo mejor y preparándome para lo peor, en el supuesto de que no me den la prórroga o que si dándomela aún así no me llega el documento a tiempo ¿sería posible volver a comenzar la solicitud de tarjeta comunitaria? Esta vez si tendría todos los documentos, pero ya habrían pasado los tres meses desde que registré la pareja de hecho en España.


Muchas gracias por tu excelente atención.
22/10/2011 15:10
Hola:

1.- Usted NO ES RESIDENTE EN ESPAÑA. Las personas con autorización de estancia por estudios no son, ni pueden ser consideradas ni considerarse a sí mismas como residentes. Esto es algo que debe tener presente de entrada.

Usted dice que tiene "NIE de estudiante", que entiendo, es una autorización de estancia por estudios, que debe prorrogarse cada año si siguen subsistiendo las condiciones que originaron su concesión inicial.

2.- Para modificar a residencica y trabajo por cuenta ajena, es necesario haber permanecido al menos tres años en España en situación de autorización de estancia por estudios, haber realizado los estudios con aprovechamiento, no haber sido becado ni subvencionado dentro de programas de cooperación y desarrollo del país de origen o españoles y contar con un contrato de trabajo, de duración igual o superior a un año (el empleador debe también cumplir con las exigencias que se tiene para con los empleadores).

Puede también modificar a residencia y trabajo por cuenta propia, si tiene un proyecto empresarial y cumple con los requisitos exigidos para obtener un visado de residencia y trabajo por cuenta propia.

Y puede modificar, igualmente a autorización de residencia y excepción a la autorización de trabajo y a autorización de residencia y trabajo para profesionales especialmente cualificados (tarjeta azul Unión Europea).

Pero para modificar a residencia y trabajo por cuenta ajena se requiere, en efecto, contar con un contrato de trabajo. Y debe presentar la solicitud y efectuar el trámite el empleador, no usted.

3.- Al no haberse fijado un plazo específico para resolver y notificar sobre la autorización administrativa para trabajar, rige el plazo genérico de tres meses, contado a partir del día siguiente a la fecha en que hubiera tenido entrada la solicitud. El efecto del silencio administrativo es negativo.

En casi toda España es competencia de la Oficina de Extranjeros de la Subdelegación del Gobierno en la provincia. En Cataluña, la competencia para tramitar y resolver sobre la autorización administrativa para trabajar de los estudiantes, la tiene transferida la Generalitat de Cataluña, que la ejerce a través de la Consejería de Empresa y Empleo.

NOTA.- No es por hacer publicidad, pero por experiencia puedo decir que los trámites que dependen de la Generalitat de Cataluña, aquí en Cataluña, suelen ser despachados de forma más ágil que los que dependen de la Administración General del Estado.

4.- SON DOS COSAS DIFERENTES:

A) Si desea trabajar siendo estudiante, debe solicitar una simple autorización administrativa para trabajar, debiendo el contrato tener las características que vienen determinadas por el Reglamento de la Ley de Extranjería. Ello no conlleva ninguna modificación de su situación jurídica-administrativa, que seguirá siendo la de ESTANCIA.

B) Si desea iniciar el trámite de modificación, ello implica, comosu nombre lo indica, un cambio, una mutación de su situación: dejará de ser la de estancia y se convertirá en la de RESIDENCIA, que, además, llevará la autorización de trabajo por cuenta ajena si presenta un contrato de trabajo. Este procedimiento tiene también un plazo de tres meses para resolverse y notificarse, con silencio administrativo negativo.

En cualquier caso, sea que solicite autorización administrativa para trabajar siendo estudiante o que solicita la modificación a residencia y trabajo por cuenta ajena, deberá presentar la solicitud EL EMPLEADOR o su representante, no usted.

Un cordial saludo.
22/10/2011 14:33
Buenas tardes, muchas gracias por responder Condedecartagena.
Yo llevo con este, 5 años de residencia legal y contínua en España, como he dicho antes, con NIE de estudiante.
Tengo entendido que para solicitar la modificación a residencia y trabajo necesito tener previamente un contrato, es esto cierto? es imprescindible dicha documentación?
y otra pregunta si no es mucha molestia, cuánto suele tardar el trámite para obtener esa autorización administrativa para trabajar? suele ser rápida?
en este caso, la renovación de mi NIE estudiante me la darán el próximo mes probablemente, podría desde ese momento solicitar la modificación a residencia y trabajo? o tendría primero que, si quiero trabajar ya, tramitar la autorización administrativa para trabajar con mi NIE estudiante?
Muchas gracias. Un saludo

22/10/2011 12:43
Hola. Si usted tiene una autorización de estancia por estudios, para poder trabajar, necesita, previamente, obtener autorización administrativa para trabajar siendo estudiante. La solicitud debe efectuarla el empleador, no usted, en la Oficina de Extranjeros que corresponda.

El número de Seguridad Social se expide a españoles, nacionales de otros Estados miembros de la Unión Europea, Espacio Económico Europeo, Suiza y nacionales de Estados extracomunitarios a quienes les sea de aplicación el régimen comunitario o que dispongan de una autorización de residencia y trabajo de cualquier tipo o excepción a la autorización de trabajo. A las personas que cuentan con una autorización de estancia por estudios, se exige que cuenten con la autorización administrativa para trabajar.

Por ello, previamente, debe su empleador (no usted) tramitar la autorización administrativa para trabajar, que le permitirá trabajar solo media jornada, sin que pueda interferir con su horario estudios. Podrá trabajar a jornada completa en períodos de vacaciones y no superiores a tres meses.

Si usted ya lleva al menos tres años en España, podrá solicitar la modificación a autorización de residenciay trabajo.

Un cordial saludo.
21/10/2011 20:49
Hola Condedecartagena, soy venezolano y actualmente me encuentro finalizando mis estudios universitarios en Farmacia en Madrid, mi documento de identidad es un NIE de estudiante. Hace unos días, fui a dejar mi curriculum a una ETT y a los pocos días me llamaron para firmar un contrato de una semana con el Grupo VIPS, el asunto es que me pedían el número de afiliación a la seguridad social para poder darme de alta, pero no tengo. Mi pregunta es, si fueses tan amable de respondermela, tengo la posibilidad de solicitar un número de afiliación a la Seguridad Social?.
Muchas gracias de antemano.
Un saludo
21/10/2011 20:49
Hola Condedecartagena, soy venezolano y actualmente me encuentro finalizando mis estudios universitarios en Farmacia en Madrid, mi documento de identidad es un NIE de estudiante. Hace unos días, fui a dejar mi curriculum a una ETT y a los pocos días me llamaron para firmar un contrato de una semana con el Grupo VIPS, el asunto es que me pedían el número de afiliación a la seguridad social para poder darme de alta, pero no tengo. Mi pregunta es, si fueses tan amable de respondermela, tengo la posibilidad de solicitar un número de afiliación a la Seguridad Social?.
Muchas gracias de antemano.
Un saludo
21/10/2011 20:45
Hola Condedecartagena, soy venezolano y actualmente me encuentro finalizando mis estudios universitarios en Farmacia en Madrid, mi documento de identidad es un NIE de estudiante. Hace unos días, fui a dejar mi curriculum a una ETT y a los pocos días me llamaron para firmar un contrato de una semana con el Grupo VIPS, el asunto es que me pedían el número de afiliación a la seguridad social para poder darme de alta, pero no tengo. Mi pregunta es, si fueses tan amable de respondermela, tengo la posibilidad de solicitar un número de afiliación a la Seguridad Social?.
Muchas gracias de antemano.
Un saludo