La concesión de los indultos, cualquiera que sea su clase, se hará en Real Decreto que se insertará en el Boletín Oficial del Estado.
La denegación del indulto se comunicará al órgano sentenciador para su traslado a los interesados.
Los procedimientos a los que dé lugar el ejercicio del derecho de gracia habrán de ser resueltos en el plazo máximo de un año, pudiendo entenderse desestimadas las solicitudes cuando no haya recaído resolución expresa en el indicado plazo.
Ssi no te y han notificado nada, revisa el Boletin oficial del Estado.
Hace cuatro años que solicite el indulto por una pena de 2 años de prisión y me concedieron la suspensión de la pena y tanto el juez como el fiscal no se oponían al indulto, como se si me lo concedieron o no. Cuanto más tengo que esperar para recibir alguna noticia