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Indemnizaciones y Fogasa

4 Comentarios
 
14/05/2004 17:12
Ninfa, esta claro. No lo dudes. Salarios, aunque sean pactados, si, con el limite de 120 dias y el duplo del SMI . Indemnizacion pactada no. Saludos
14/05/2004 15:35
Hola Miguel Rubiño.

Es que me da la sensación de que los salarios a los que hace referencia Carreira, son los de tramitación. habla de una extinción que no es acumulable a la reclamación de salarios. ¿hace frente el FOGASA a los salarios de tramitación sin ezxistir sentencia.? Yo, la verdad creía que no. Pero ya no lo tenga tan claro.

Recibie un cordial saludo.
14/05/2004 07:38
Carreira, Ninfa, el FOGASA, paga los salarios que se hayan convenido primero, ejecutado despues y recogidos en la resolucion de insolvencia que ha dictado el Juzgado en tramite de ejecucion del primitivo acuerdo. Por contra, no paga INDEMNIZACIONES. Es reiterada la Jurisprudencia a raiz de una antigua sentencia del TS. No puedo ofrecertelas pero es notorio lo que te digo. Salvo mejor opinion
13/05/2004 16:31
Hola.

Me temo que en los acuerdos en los que no participa en FOGASA, éste no está obligado. Tú lo que has ejecutado es el acuerdo y el juzgado, ha buscado bienes de la empresa y al no encontrarlos ha declarado la insolvencia. Pero esa insolvencia no obliga al FOGASA ya que para que éste se obligue, tiene que haber sentencia o resolución administrativa y en este caso, parece claro que no hay ni lo uno ni lo otro.

No cabe duda que fue un gran error llegar a un acuerdo en conciliación sin tener garantías de cobro de lo pactado.

Ojalá algún forero te aporte noticias mas alagüeñas.

Saludos.
Indemnizaciones y fogasa
13/05/2004 10:37
Hola a todos; me gustaria que alguien me ayudara en un problema que tengo hace dias. El asunto es que si un trabajador va a conciliacion para conseguir cobrar unos salarios y una indemnizacion por extincion del contrato, y llegan a un acuerdo. Pero resulta que el empresario no paga la deuda acordada. Entonces pido la ejecucion de la sentencia y el Juez declara Insolvente a la empresa. El Fogasa me dice que ha habido acuerdo y por tanto no pagara indemnizaciones. Yo creo que al haber auto de insolvencia posterior el FOGASA es responsable subsidiario y debería pagar.¿Que creeis? Teneis alguna sentencia que apoye mi postura o la contraria?QUIERO HACER INCAPIE EN QUE HA HABIDO ACUERDO EN CONCILIACION Y HA HABIDO UN POSTERIOR AUTO DE INSOLVENCIA. GRACIAS