Hola a todos; me gustaria que alguien me ayudara en un problema que tengo hace dias. El asunto es que si un trabajador va a conciliacion para conseguir cobrar unos salarios y una indemnizacion por extincion del contrato, y llegan a un acuerdo. Pero resulta que el empresario no paga la deuda acordada. Entonces pido la ejecucion de la sentencia y el Juez declara Insolvente a la empresa. El Fogasa me dice que ha habido acuerdo y por tanto no pagara indemnizaciones. Yo creo que al haber auto de insolvencia posterior el FOGASA es responsable subsidiario y debería pagar.¿Que creeis? Teneis alguna sentencia que apoye mi postura o la contraria?QUIERO HACER INCAPIE EN QUE HA HABIDO ACUERDO EN CONCILIACION Y HA HABIDO UN POSTERIOR AUTO DE INSOLVENCIA. GRACIAS
Me temo que en los acuerdos en los que no participa en FOGASA, éste no está obligado. Tú lo que has ejecutado es el acuerdo y el juzgado, ha buscado bienes de la empresa y al no encontrarlos ha declarado la insolvencia. Pero esa insolvencia no obliga al FOGASA ya que para que éste se obligue, tiene que haber sentencia o resolución administrativa y en este caso, parece claro que no hay ni lo uno ni lo otro.
No cabe duda que fue un gran error llegar a un acuerdo en conciliación sin tener garantías de cobro de lo pactado.
Ojalá algún forero te aporte noticias mas alagüeñas.
Carreira, Ninfa, el FOGASA, paga los salarios que se hayan convenido primero, ejecutado despues y recogidos en la resolucion de insolvencia que ha dictado el Juzgado en tramite de ejecucion del primitivo acuerdo. Por contra, no paga INDEMNIZACIONES. Es reiterada la Jurisprudencia a raiz de una antigua sentencia del TS. No puedo ofrecertelas pero es notorio lo que te digo. Salvo mejor opinion
Es que me da la sensación de que los salarios a los que hace referencia Carreira, son los de tramitación. habla de una extinción que no es acumulable a la reclamación de salarios. ¿hace frente el FOGASA a los salarios de tramitación sin ezxistir sentencia.? Yo, la verdad creía que no. Pero ya no lo tenga tan claro.