Con independencia de que esa empresa es una chapuzas y una choriza, y con independencia de cómo haga los contratos, si de forma legal o manifiestamente ilegal como parece que hace, estoy con la tesis de abgadovega.
Expirado el tiempo convenido el trabajador tiene derecho a la indemnización que marca la Ley, y a estos efectos, (a diferencia del supuesto de desempleo) la Ley no distingue quien sea quien sea quien no quiera continuar el contrato. Terminado el tiempo convenido de devenga la indemnización, según el art. 49.1.c del E.T.
Os aporto un dato para resolver este dilema: en esta empresa los contratos no se prorrogan, cada 6 meses se hace un contrato totalmente nuevo, hay gente alli que lleva 5 años y solo tiene la antigüedad de 6 meses por esta razon. Yo entiendo que si se acaba un contrato y se inicia otro NUEVO, se debe indemnizar al trabajador, independientemente de si se quiere renovar o no por parte del trabajador. Corregidme si me equivoco, un saludo.
La indemnización de 8 días procede EN TODO CASO a la finalización del contrato por expiración del tiempo convenido.
Para mí, la prórroga es una opción que tienen ambos contratantes, sin que una parte pueda imponer a la otra su firma y sin que la falta de firma por una de las partes (porque no le interese tal prórroga por el motivo que sea) conlleve consecuencias negativas para la misma.
Con respecto a lo del desempleo ya tengo más dudas.
Estimado compañero/a
Creo que lo que dice Moonangel es que se niega a renovar el contrato temporal lo que equivale a baja voluntaria, ya que para poder tener derecho a indemnización debería ser la empresa la que le preavisara de que al fin del contrato (o en cualquier otro momento) rescindiría la relación laboral con ella.
Todo ello salvo mejor criterio.
Un saludo a todos.
arthur, le hedado esta respuesta porque moon nos comenta que el/ella no ha firmado ningun documento de baja voluntaria, ese contrato se extingue y a su extincion se debe compnesaar con dicha indemnizacion.
claro esta que si hay baja por parte de ltrabajador dicha indemnizacion de habria que abonase
un saludo
Humildemente discrepo, y ruego a abogadovega, que me corrija si me equivoco, pero Moonangel dice que fue ella la que preavisó a la empresa de que a la conclusión del contrato cesaba, si cabía possibilidad de prórroga o simplemente si la empresa no fue quien manifestó su voluntad de acabar con la relación laboral ello significa que equivale a una baja voluntaria y no tendría derecho ni a pretación por desempleo, ni a la indemnización de 8 días de salario por año trabajado.
Todo ello salvo mejor criterio, pero en principio creo que funciona así.
¡OJO MOONANGEL! Si la empresa fue la que te notificó el fin de contrato y tú simplemente le formaste la carta sí tienes derecho, pero si quien manifestó la voluntad de no continuar tras el fin de contrato temporal fuiste tú en ese caso no tendrías derecho.
Saludos
Hola!!
Estoy teniendo problemas con mi antigua empresa, ya que en mi contrato pone que al finalizar me deberian indemnizar con 8 dias trabajados x año, y ellos me estan diciendo que no porque me di de baja voluntaria, lo cual no es verdad xq me acababa el contrato y no quise renovar, yo no he firmado ninguna hoja de baja, pero si la del aviso de que se acaba el contrato.
Ya no se quien lleva la razon, a ver q me podeis decir, muxas gracias!!