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Indemnizacion por despido

12 Comentarios
 
Indemnizacion por despido
04/07/2009 18:19
Me gustaria que me dijeran como calcular la indemnizacion por despido improcedente. teniendo en cuenta que mi sueldo mensual es de 1884 euros en bruto y 1228 euros en limpio. tengo 3 pagas extra con la misma cantidad de sueldo. llevo 7 años y tres meses en esta empresa. gracias
05/07/2009 20:08
Se calcula sobre la base de cotización por contingencias comunes del mes anterior.

Según lo que pones arriba, tu base de cotización por contingencias comunes es la siguiente:
1884 471=2355€ de base de cotización....Salvo que parte del bruto anteriormente nombrado tenga algún complemento no salarial

por lo tanto, la indemnización sería:

(2355/30)*45*7.25=25610,62 €
05/07/2009 20:14
1884 471=2355€
Me faltaba el signo de .

Perdón
05/07/2009 20:15
Por lo que sea no sale el signo de sumar
05/07/2009 20:23
Muchas gracias. y la cantidad de 25610.65 es en bruto o eso es lo que me tienen que dar?
05/07/2009 20:33
Las indemnizaciones están exentas de cotización y tributación. Excepto las indemnizaciones por finalización de contrato.

Por lo tanto los 25610.62 € acabarán en tu bolsillo

por cierto:
ha coincidido mi calculo de base de cotización con la tuya??????????????
05/07/2009 20:48
si que ha coincidido. pero una pregunta, no se deberian hacer los calculos con el salario neto, en lugar de con el bruto?
05/07/2009 20:59
Las indemnizaciones se calculan sobre la base de cotización por contingencias comunes del mes anterior.

Es decir, salario base más complementos salariales mas prorrateo de pagas extraordinarias.

Realmente no hacía falta que pusieras tu salario líquido...
05/07/2009 21:06
gracias
05/07/2009 21:07
A ti
07/07/2009 11:21
las indemnizaciones que se reciben, no hay que pagar nada a hacienda. si me corresponden 25000 euros, esos son mios y son los que voy a recibir, no? o tienen impuestos o algo?
07/07/2009 13:50
Me entran dudas. Aquí se afirma que la indemnización por despido se calcula tomando la base de cotización por contingencias comunes del mes anterior ("SE CALCULA SOBRE LA BASE DE COTIZACIÓN POR CONTINGENCIAS COMUNES DEL MES ANTERIOR").

Si un trabajador tiene una base de cotización máxima, porque cobra por encima de la base de cotización máxima, su indemnización por despido quedaría menguada en base a ese precepto de tomar la base de cotización por contingencias comunes del mes anterior al despido?




La indemnización por despido está exenta hasta el límite máximo, es decir, en el caso de tomilloeduardo habla de despido improcedente, imagino que de 45 días por año, esos 45 días por año estarían exentos de tributar IRPF, si se le paga por encima de esos 45 días por año, ese exceso tributaría a Hacienda.

Un saludo.
07/07/2009 14:31
gracias. pero en tal caso de que sea un despido improcedente y solo me den 20 dias por año? eso tambien tributaria?