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Indemnizacion por despido

10 Comentarios
 
25/08/2008 08:50
para cuando te quedes sin trabajo DE FORMA INVOLUNTARIA.

Si por el mero hecho de cotizar por esta contingencia uno pudiera dejar un trabajo cuando quisiera y cobrar esta prestación las cotizaciones deberían ser mucho, muuuuuuuucho más elevadas.

Imagina que tuvieras un seguro del coche que te permitiera cobrarlo aunque estamparas expresamente tu coche contra una pared (ya me he cansado de este coche, lo destrozo y cobro el seguro).

Precisamente si lo que cotizamos no es muy elevado es porque el cobrar la prestacion no depende solo de nuestra voluntad. Recordad, el paro es para el que queriendo trabajar (y cumpliendo los requisitos de cotizacion), no tienen trabajo. Y las prestaciones serían mucho mejores, especialmente para quin verdaderamente lo necesita) si no se abusara tanto de este tipo dde fraudes. De hecho, si miráis atrás, vereis qeu cada vez los requisitos (tiempo de cotizacion requerido... son más duros y las prestaciones más precarias (importe, tiempo ...).

Pero es que tú mismo debes reconocer que lo que pretendési no es del todo legal cuando tú misma defines lo que pretendéis hacer como "SIMULAMOS un despido improcedente".

Si crees que es legal, ¿que necesidad hay de simular algo?, ¿no crées?

De todas formas sólo pretendía hacer una reflexión sobre la naturaleza y requisitos LEGALES de la prestacion de desempleo. Por lo que dices, estáis dispuestos a pagar una indemnizacion, imagino que por debajo de la legal, pero al menos pagáis algo. Entiendo que es peor el caso en el que simplemente disfraza de despido lo que en realidad es una baja voluntaria (con el fin de que el trabajador cobre el paro de forma indebida), sin indemnizar nada o, pero aún, dando a entender que se ha pagado una indemnizacion que en realidad el trabajador no percibe (aunque firma que la ha cobrado), con lo qu encima la jugada, además de para percibir la prestacion de desempleo de forma fraudulente, sirve para blanquear dinero de la empresa.

Tanto una cosa como la otra ya he dicho que se dan muy a menudo. Para mi es totalmente censurable la segunda. La primera, que parece es la que pretendéis, puedo entenderla un poco más. A veces la empresa tiene interés en dehacerse de un trabajador pero no está dispuesta a sumir el coste del 100% de la indemnizacion legal y trata de llegar a un acuerdo con el trabajador, negociando el importe de la indemnizacion y jugando con el factor de que éste percibirá la prestacion de desempleo. Algunos puristas dirán que esto es tambien ilegal, y puede ser cierto, pero, como digo, y es mi opinión, puedo entenderlo más. Y la verdad es que el INEM no suele pedir ni contrastar informacion sobre el importe de la indemnizacion percibida. La carta de despido o el acta de conciliación suele ser suficien te para acreditar la situacion legal de desempleo. Pero eso no quita para que, como pretendia, llamemos a las cosas por su nombre y que este tipo de prácticas, por muy exentidas que estén, se comenten en voz bajita, ya que no está bien, creo yo, fomentar prácticas no del todo acordes con la ley desde un foro público de derecho, al margen de intentar de nuevo destarrar esa idea de que por el hecho de cotizar por el desempleo nos da derecho a cobrarlo según nuestro libre albedrío. No,. no es así, al menos en teoría no. En la práctica, con ciertas argucias, ya vemos que sí.

Es eso lo que pretendía.

Saludos
25/08/2008 00:24
¿No es el paro un derecho adquirido por las cotizacioness efectuadas para cuando te quedes sin trabajo?
24/08/2008 16:37
no no..la pagina era para calcular la indenizacion...nose yo lo veo desde el punto de vista de si los 2 están de acuerdo que no pasa nada..los 2 se benefician y han cotizado para la prestación por desempleo...y fin otra cosa ya seria que el empresario le estuviera contratando y dandole de baja y asi sucesivamente para beneficiarse de la prestacion de desempleo.No se yo no lo veo tan grave
24/08/2008 12:55
Ah! y por cierto, he mirado esa web que indicas y para anda veo que justifique esa situación. Salvo que me haya perdido lago, solo veo cómo calcular las indemnzaciones por despido.

Ya m e extrañaba a mi que un portal juridico como Datadiar fomente públicamente este tipo de prácticas (que, como ya he dicho, sé que están a la orden del dia, pero se comentan en voz bajita, no en sitios públicos, por eso, porque es ilegal)
24/08/2008 12:49
Lore, disculpa, pero "no...nada es ilegal mientras sea de mutuo acuerdo..." el pactar "...para que puedas tener subsidio de desempleo, SIMULAR un despido improcedente, te indemnizamos y tienes el subsidio".

Cuéntaselo a un inspecto, corre, je,je

Otra cosa es que, por desgracia, sea una práctica muy habitual y sea moneda corriente este tipo de amaños para conseguir de forma fraudulenta una prestacion que la Ley ha concebido con otros fines y para otras situaciones.

Pero al menos llamenos a las cosas por su nombre, caramba! y lo que es ilegal (incluso es un delito) es ilegal.

Y recordemos que este es un foro "Legal" (o al menos se le supone)

Saludos
23/08/2008 01:11
no...nada es ilegal mientras sea de mutuo acuerdo..acaso para que esta la conciliacion previa ante el smac..esta para eso...para que ambas partes den,prometan o rechazen algo antes de llegar a juicio...si al trabajador no le importa por supuesto que es legal....pues lo que tienes que hacer te lo explican en esta pagina espero que te sirva de ayuda http://www.weblaboral.net/sp/sp002.htm bsitoss
22/08/2008 17:42
uy!!, pero eso es ilegal, ¿no?
22/08/2008 16:44
Gracias por vuestra información.
El término "pactar", es para entendernos como decir "queremos que te vayas, porque nos sale caro y como no tienes aun la edad de jubilación, para que puedas tener subsidio de desempleo, simulamos un despido improcedente, te indemnizamos y tienes el subsidio".
He de añadir que el trabajador tiene ganas de irse por la sobrecarga de responsabilidad y trabajo.
Para mas datos, su salario bruto es de 3.379 € mensuales con catorce pagas.
Nuevamente gracias.
Me encanta este foro, gracias a los que lo formais.
22/08/2008 13:21
pero eso no es pactar. Eso lo puede hacer la emprea libremente mientras asuma ese coste, esté de acuerdo o no el empleado (y salvo que se trata de un representante legal de los trabajadores, esté embarazada, con reduccion de jornada por guarda legal, lactancia, etc.)

"Pactar" entiendo que requiere la voluntad de las dos partes, y, por tanto, negociar.

Saludos
22/08/2008 12:15
45 dias de salario por año de servicio con un maximo de 42 mensualidades.
Indemnizacion por despido
21/08/2008 23:17
Un trabajador con mas de 18 años de antiguedad, en cargo de responsabilidad (Direccion) al que le gerencia quiere despedir "porque le resulta cara". El trabajador está dispuesto a "pactar" un despido improcedente.
Quisiera saber los dias de indemnizacion que le corresponden por año trabajado.