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Indemnización por despido; ¿objetivo o improcedente?

1 Comentarios
 
17/04/2019 13:51
Cristobal86
Buenos días. Cuando hablamos de un contrato de obra y servicio, este finaliza porque la obra y/o servicio finaliza. En este caso hablamos de una extinción de contrato por llegar este a su fin, no de un despido.


Esto es que en este caso, con motivo de la finalización del contrato, es decir, de la obra o servicio para el que fue contratado tendría derecho a una indemnización de 12 días por año, aunque si demanda por 20 días seria factible

Así que la empresa puede despedirte bajo dos pretextos; 1- Despido disciplinario, si usted cometió una falta muy grave. 2- Despido objetivo, si la empresa tiene las perdidas según lo como lo establece la ley. 3- Por finalización del servicio para el cual fue contratado. En cualquier otro caso, de no poder demostrar que se de alguno de los dos casos anteriores ( perdidas o faltas por parte de usted, la finalizacion del servicio que presta) el despido seria improcedente. Por lo que debería demandar y en la demanda reclamar la indemnización que le corresponda.

Nota: En caso de ser despido objetivo, que este sea real, también le corresponde indemnización.

Indemnización por despido objetivo es de 20 días por año, por despido improcedente es de 33 días por año, por finalizacioón de contrato de obra y servicio es de 12 días.
Indemnización por despido; ¿objetivo o improcedente?
15/04/2019 12:42
Hola buenos dias,
tengo unas dudas para ver mi indemnización,
tengo un contrato de obra y servicio y me dijeron que a partir del 30 de abril ya no trabajare mas porque van hacer reorganizacion de departamento mi contrato fue firmado el 15/12/2017
queri asaber que despiedo es si es objetivo o improcedente al decirme esto la empresa estoy un poco verde si me pueden ayudar y asesoras lo agradeceria