Buenas tardes, antes de nada pedir disculpas si este post no va en esta sección porque la verdad estoy un poco desorientado.
La cuestión es que yo vivo de alquiler y hace unos días debido a una fuga en la tubería (de la comunidad) del segundo piso, mi vivienda se vio afectada por humedades y problemas eléctricos. Dicho problema eléctrico ocasionó la avería de un aparato electrónico de mi propiedad.
Quisiera saber:
1- Si a la hora de que den la indemnización, el seguro de la comunidad le va a dar la indemnización total al propietario o la parte de la avería del aparato me la van a dar a mí.
Lo digo porque esto ya sucedió una vez y el propietario en lugar de arreglar el problema se quedó el dinero, y obviamente no quiero que se quede el dinero de la parte de mi aparato.
2- Que sucede en el caso de que el aparato sea uno que ya no se fabrique? A mi el dinero me da igual, lo que quiero es el aparato en sí.
Este blog no es el mas idoneo para dar respuesta a su problema, este va sobre la ley propiedad horizontal, su consulta estaria mas adecuada plantearlo en derecho civil o en el de alquileres, que los puede encontrar en esta misma web