Una persona sufre una invalidez permanente total y cobra una indemnización de 45.000 € por el seguro de accidentes previsto en el convenio colectivo.La información facilitada al contribuyente es que la indemnización está exenta pero lo cierto es que la compañía de seguros practica una retención sobre 855.30 €, aplicándole un 19%, lo cual da una deuda tributaria de 162,15 €.
Necesito saber si la indemnización está exenta o no, aunque yo creo que si, al tratarse de un seguro de accidentes y no uno de invalidez.
También necesito si es correcta la práctica de la retención del 19 %, y el por qué.
Y por último, ¿esos 162 euros es una cantidad que pierdo?
Importe capital a indemnizar ........... 45.000 euros.
B. Retención a conta do IRPF (LEY 40/1998):.
Importe exento según art 7 d* ......... 44.144,70 euros
importe sujeto ............................... 855.30 euros. retención 19%................................ 162,51 euros
Habra que buscar el artículo de la ley esa y leérselo. No entiendo mucho, pero parece que hay una parte exenta de retención y una parte que sí está sujeta.
Las compañías de seguros arañan lo que pueden antes de dar indemnizaciones, pero una vez concedidas suelen hacer las cosas bien.
Supongo que será porque hay un porcentaje exento y otro que no lo está.
Además, ellos no ganan nada, porque esos 162.51€ son para Hacienda.
En cuanto al 19% es el porcentaje que se aplica a los rendimientos del capital mobiliariol.
No te puedo decir más, habría que buscar el artículo de la ley esa que citan y leerlo.
Yo tengo ya bastante cansancio acumulado a estas horas, así que te va a tocar a ti hacer los deberes.
Busca en San Google y cuéntanos lo que hayas averiguado, ya que lo has preguntado tantas veces.
Un saludo.