El Turno, como ya comenté, está para que nadie se quede sin defensa por carecer de recursos económicos para litigar. Por ello, si una vez presentada la documentación, no se cumplen los requisitos, no se asignará abogado .
Puede suceder, incluso ( y a mí me ha pasado, de ahí que, actualmente, ya no esté en el turno de civil) que el ICA haga una designa rápida para defender un asunto, aún no habiendo presentado el solicitante los documentos que le hacen merecedor de dicho beneficio. Que le asistas en juicio y que dicho solicitante finalmente no presente la documentación, una vez solucionado su asunto. Que mientras tanto no se le reconozca el beneficio por no presentar la documentación y, entonces, que el abogado se quede sin cobrar , debiendo reclamar sus honorarios a su cliente que, misteriosamente, desaparece. Y no estoy teorizando. Te explico la realidad.
Por otro lado, y aunque el Turno está muy mal pagado, los abogados que a él pertenecen lo hacen por propia voluntad, porque creen en lo que hacen.
A mí personalmente me sabe muy mal haber tenido que dejar el turno de civil, pero evidentemente lo que no puedo hacer es trabajar gratis porque, si ni te paga el Estado a través del Colegio de Abogados ni te paga el cliente, la situación se hace insostenible, por mucho que creas en el derecho de defensa de todas las personas. Sencillamente, tienes que comer. Y, si encima de no cobrar se te generan unos gastos, pues apaga y vamonos.
Yo puedo colaborar con la justicia de forma gratuita, claro que sí. Pero ¿poniendo dinero de mi bolsillo? ¿tú lo harías? Seamos realistas.
Por lo que respecta a que no encuentres abogado que te defienda para una ejecución por ser un asunto menor no puedo opinar, porque no lo conozco. Lo que sí se es que si a mí me viene un cliente con una ejecución lo primero que hago es ver la viabilidad de la misma ( si hay bienes donde agarrarse para que dicha ejecución valga la pena). Y no me refiero a mis honorarios. Me refiero al propio cliente. Le comento las posibilidades y, si quiere tirar para adelante, le pido provisión de fondos por mi trabajo, que voy a hacer igualmente prospere la ejecución o no. Porque el trabajo del abogado no es de resultados (aunque mejor obtenerlos, desde luego). Por lo tanto, si la ejecución no es viable pero el cliente se empeña una vez advertido de las posibilidades, no se porqué no se ha de encontrar abogado si se le da provisión.
Otra cosa es querer pactar que, para el caso de que la ejecución prospere se le pagará y, para el caso contrario, no. Con esas condiciones, por ejemplo, yo no aceptaría tampoco un asunto. Porque a nadie le gusta trabajar gratis.
Por otro lado, no hay abogados solo del turno. Los abogados que estan en el turno también llevan sus asuntos particulares.
Y en cuanto a la jura, es evidente que no se puede presentar por el total de un trabajo que no se ha realizado. Pero ello, para el cliente, es fácil de demostrar: Porque la jura se presenta tras haber actuado en un procedimiento judicial y solo hay que ver el expediente judicial para saber lo que se ha hecho y lo que no.
Además, hay que tener claro que un procedimiento de ejecución es completamente independiente de uno declarativo, de suerte que el abogado que ha llevado el proceso declarativo que ha dado lugar a la sentencia o resolución judicial que se ejecuta no tiene porqué llevar la ejecución de dicha resolución. Y ello es así hasta el punto de que, para ejecutar una sentencia, ni siquiera es preciso solicitar formalmente la venia al abogado que llevó el asunto en el proceso declarativo.
Finalmente, y para el caso de que se le den poderes al abogado ( porque lo habitual es dárselos al procurador, que es el verdadero representante procesal del cliente, y no el abogado), éste puede negociar con la parte contraria, pero el que decide finalmente es el cliente.
Todo lo que acabo de comentar no lo hago por corporativismo, ni por defender a unos o a otros. Simplemente intento explicar cómo son objetivamente las cosas. Que haya quien no actúe de forma profesional e, incluso, rozando el delito, no lo voy a discutir. Seguramente es así. Sensu contrario, también podríamos hablar de las quejas de los abogados hacia los clientes, hacia la administración de justicia en general etc....
Lo que creo es que no se puede meter a todo el mundo en el mismo saco y que se salve el que pueda. Porque hay abogados buenos y malos, clientes buenos y malos, jueces buenos y malos etc.
No pretendo convencer a nadie, desde luego. Pero sí, por lo menos, dialogar.
Y es que cuando alguien que ha sufrido o está sufriendo una injusticia se vuelve injusto corre el peligro de volverse como aquellos de quienes despotrica. Yo creo que ese no es el camino, pero allá cada cual con su forma de pensar.
mira invit no entiendo muy bien todo este lio, pero por mi desgraciada experiencia esto de no encontrar abogado para seguir con ejecucion de sentencia no lo entiendo , a mi modo de ver el juez tendria que poner un abogado de oficio y procurador de lo contrario de que sirve la sentencia si no puedes ejecutarla si un abogado renuncia pues que ponga otro , conozco de un caso en que pasaron por el procedimiento 28 , aqui debe de haber gato encerrado normal no lo es , ademas si continuas con esta situacion y pasan 5 años sin instar ejecucion la sentencia firme ya te la puedes ir olvidando asi que tu veras , debe ser algo gordo sino no lo entiendo , una cosa que podrias intentar es ir a fiscalia con la sentencia y explicarles el lio a ver que te dicen , esta es mi humilde opinion saludos y suerte
Pero el turno de oficio está para que nadie se quede sin defensa, que es lo importante.
Y los colegios se consideran una extensión de la administración. No son funcionarios pero casi.
Y el conjunto, el colectivo, tiene la sagrada obligación de colaborar con la Justicia.
Sobre los motivos:
En el caso de querer actuar contra un abogado o el mismo colegio, es claro el motivo, el "corporativismo", porque el "compañero" es de toda la vida profesional, el cliente es un pobre que pasa por allí. Cosa distinta es cuando hay "un buen motivo”, por ejemplo dinero en cantidad.
En el caso de no querer aceptar el caso no sé bien, porque no me han explicado mucho.
Te explico algunas cosas:
Una procuradora que acepto el encargo y el compromiso de buscarme abogado entre sus clientes "abogados”, declinó sin mucha explicación, dijo que nadie quería el asunto porque era un asunto menor, que no habían llevado desde el principio.
Un abogado, del turno de oficio, aceptó, y tenia el encargo de recuperar la documentación y de aclarar con su "compañero" si había cobrado en exceso al presentar jura de cuentas por el total sin haber terminado el trabajo. A las dos semanas me llamó, no había conseguido nada, para decirme que no tenía nada personal pero que no era experto en ejecuciones. Fijate que este acepta cualquier cosa como abogado de oficio.
Otro abogado, también del turno de oficio, le encargué que se enterase si el contrario iba a acatar la sentencia firme, y en otro caso presentara demanda de ejecución. El contrario aun con poderes de su cliente, que significa que podía decidir en el momento, le contestó que en una semana le respondería y nunca mas se supo de esa respuesta. Estuve pidiéndole que hiciera algo, sin tener respuesta y a los 2 meses presenté queja y el renunció.
Los abogados no somos funcionarios, invit. Ni siquiera los que prestan sus servicios en el turno de oficio.
Atender o no a un cliente forma parte de la libertad profesional de cada abogado, Invit.
Por otro lado, el Turno de Oficio está pensado para las personas que no tienen recursos para litigar. Si no se cumplen los requisitos del beneficio de justicia gratuita y no se otorga dicho beneficio, ningún abogado del Turno, designado por este, ni particular, actuará de forma obligatoria.
Por otro lado, existen muchos motivos por los que un abogado no quiera actuar en un asunto. ¿Cual es el tuyo? lo digo por comprender tu situación.
INVIT ya te he dicho que no es posible que quedes indefenso , ve al juzgado , al defensor del pueblo ,es que parece que estemos en la prehistoria en este pais de libertades , derechos etc como se burlan del pueblo unos pocos para vivir a cuerpo de rey , no hablemos del tercer mundo porque al menos en leyes y justicia lo tenemos aqui , y lo mas penoso de todo es que si encuentras un abogado no es garantia de que vele por tus intereses , seguro que velara por los suyos y adueñarse de los tuyos ,triste realidad vaya pais que vivimos
Precisamente el turno de oficio es un servicio que la sociedad presta para evitar que alguien no pueda defenderse.
Por tanto cual es la razon por la cual en este caso no pueda alguien defenderse porque "al cuerpo de abogados" no le apetezca ?
Por supuesto yo no conozco la ley, pero deduzco que en ningun caso puede producirsele indefension a un ciudadano, y que por tanto esa sociedad ha de tener "otra solucion" para tapar este agujero.
perdona yo te dejo tranquilo no tengo nada contra ti ni te conozco, pero to tambien quiero hechar una mano , por aqui en el foro ya no soy el unico que denuncia loa abusos de abogados , esto no quiere decir que te incluya a ti o sea que tranqui
Mira...si has tenido o tiene un problema y estas cabreado, lo entiendo. Pero a mí, si eres tan amable, me dejas tranquilo. Yo entro aquí a echar una mano y tengo clara tu postura con respecto a los abogados. No hace falta que me insistas. Ya publicas lo suficiente como para que me de por enterado de lo que piensas.
Hola, Invit. Nadie puede obligar a un abogado a asistir a nadie, salvo que se esté en el Turno de Oficio y el cliente haya obtenido el beneficio de justicia gratuita y, aún así, pueden existir discrepancias insuperables que, mermando por ello los intereses del cliente, hagan que dicho abogado pueda dejar de asistirle.
No obstante, es un poco difícil no encontrar abogado, porque da uno una patada a una piedra y salen 40.
hola Invit , por lo que cuentas la cosa es complicada yo no soy abogado, pero llevo 8 años de pelea por estos juzgadoas se lo que es no encontrar abogado y procurador ,pero talvez por circunstancias diferentes a ti .Esta gente la mayoria son delicuentes y se ayudan entre ellos dificil lidiar a esta gentuza, pero no puedo entender que de una forma u otra no encuentres abogado, no puedes quedar indefenso la ley no lo contempla, pero a veces hay que valorar lo que buscas y desgraciadamente escojer los pros y contras
A no ser que te suceda como yo que ha sido estafado por esta gentuza es decir voy delante del tren y no me queda mas remedio que luchar, de todos modos en algun sitio u otro tienes que encontrar algun pillo de estos , recuerda creo que es articulo 24 constitucion ,saludos y suerte
Se trata de varios casos en que no he encontrado abogado. Por tanto es valido que haga la pregunta en general.
En particular, el último caso, y tampoco quiero entrar a considerar las circunstacias, el abogado presentó jura de cuentas cobrandose por todo el proceso, y claro mas IVA, y sin embargo no lo terminó. Ha sido imposible hallar otro abogado, el asunto está archivado. Solo restaba exigir la ejecucion, que el abogado contraparte no acató.
No se que clase de procedimiento puede ser , pero en la mayoria de los casos es obligado abogado y procurador , y usted no puede quedrar indefenso , repito el juzgado tiene que darle una explicacion, porque si por ejemplo usted le hacen una demanda , tendra 20 dias para contestarla y necesitara abogado y procurador de lo contrario sera declarado en rebeldia procesal, o sea que no entiendo tantas trabas , haber si los abogados del foro tienen alguna explicacion, de todas formas de la justicia que tenemos se puede esperar todo y mas , saludos y suerte
Sin entrar en detalles, de las circunstacias concretas, y para simplificar, necesito hacerla siguiente consulta:
¿Si un cuidadano le resulta imposible hallar abogado que le defienda / asesore, algun poder deberia facilitarle "un abogado"?
¿tiene derecho a que no se le produzca indefension, en este caso por falta de abogado?
No sé si me explico suficientemente, pero si hace falta ya haré aclaraciones. Creo que la idea se puede entender.