Logo

El portal de Derecho Español más completo y útil para jurístas, empresas y particulares

Incumplimiento regimen visitas

29 Comentarios
Viendo 21 - 29 de 29 comentarios
20/02/2007 12:11
Ah! tu abogado te ha comentado tambien lo mismo que yo verdad? que pueden retirarle el regimen de visitas, si, pero si no denuncias como lo saben en el juzgado que está incumpliendo? lo entiendes ahora mejor? por eso te explique anteriormente lo que podrias hacer. denuncialo, ponlo en conocimiento.

Tambien comentarte que no es solo que tenga que cumplir correctamente con el pago de pensión alimenticia, tambien cualquier otro pago extraordinario de los niños, cumple o n? si no es así, tambien lo puedes denunciar por un delito del art. 226, 227 del CP.
20/02/2007 12:01
Maria, que yo sepa abogado, esto se puede denunciar por mediación de tu abogado, remitiendo un Oficio al juzgado y argumentando todos los hechos o denunciarlo tu, como te he comentado anteriormente, te personas en cualquier dependencia policial y formulas la correspondiente denuncia por incumplimiento de regimen de visitas, si lo haces de esta forma, será todo muy rapido pq se hace por juicio rapido y pasaria por la via penal.

Tendrias derecho a un abogado de oficio en ese momento, ahora bien, si tienes recursos a la hora de litigar, me explico, si ellos ven q tienes dinero para pagar a un abogado, te pasaran la minuta, pero no te preocupes pq no es siempre. tienes derecho a un abogado como parte perjudicada.

Acercate a los juzgados de tu localidad, normalmente siempre hay alguien que te pueda asesorar, algún abogado de guardia etc.... o al mismo que tu le has consultado tu caso, comentale lo que te he planteado yo y haber lo que te dice. Espero que nos cuentes como ha quedado la cosa, un saludo!

20/02/2007 10:07
Las visitas son un derecho, sí: pero de los menores, no del progenitor. Por ello, en interés de estos, pienso que ha de instar la Ejecución. Y, más tarde, en función de cómo se conduzca él, ya podrá denunciar en sede penal.
20/02/2007 08:13
Muchas gracias por vuestros consejos. He hablado con mi abogado y me dice que no hay mucho que hacer a no ser que dejase de pagar la pensión, porque las visitas son un derecho y no una obligacion. Además dice que en la distancia no se puede exigir que venga a por los niños cada 15 dias. Aunque en vacaciones tampoco cumple. Y también me ha dicho lo que indica jomago, que lo que suele ocurrir es que le retiren el regimen de visitas. Sabeis si esto es asi? estoy bien asesorada?
si lo denuncio tengo que nombrar abogado y procurador? es decir, me cuesta dinero?
20/02/2007 01:05
Yo instaría, de momento, una Ejecución de Sentencia.
19/02/2007 23:51
Según el CP, la pena que se le impone es de 10 días a dos meses o trabajos en beneficio de la comunidad de uno a 30 días.

Es una Falta penal, Delito es el impago de la prestación económica en favor de su conyuge o sus hijos, si se denuncia por este delito si podrias pedir que le retirasen el regimen de visita de los menores.

Son Faltas, pero si estan incumpliendo lo estipulado en convenio Regulador, puedes denunciarlo, cuando existan varias denuncias formuladas por incumplimiento de Regimen de Visitas , cuando se ve la existencia reiterada, el juez puede dictar resolución judicial, y tu ex marido tendrá que ceñirse NO al Convenio, será a lo dictado por el juez y en ese caso estaria quebrantando una orden judicial.

Maria tendria que contestarte algún abogado especializado en temas civiles, yo no soy abogada, si me gustaria que te contestase alguien para ayudarte, yo lo he intentado, suerte!
19/02/2007 20:09
alguien me puede aconsejar a este respecto?
19/02/2007 13:06
Muchas gracias jomago. Sabes si son efectivas esas denuncias? a mi me han dicho que no mientras que no deje de pagar la pension. Cuales suelen ser las penas? le obligan a que cumpla las visitas? gracias otra vez
19/02/2007 11:55
Hola Maria! pienso que si vuestro acuerdo verbal no está comunicado en el Juzgado, tienes que ceñirte al Convenio Regulador, osea, que SI puedes denunciarlo por una Falta contra las personas del art. 618.2 CP, el cual establece, el que incumpliere obligaciones familiares establecidas en convenio judicialmente aprobado o resolución judicial en los supustos de separación legal, divorcio, declaración de nulidad de matrimonio etc.... Un saludo!!
Incumplimiento regimen visitas
19/02/2007 10:34
A ver si podeis ayudarme. Yo vivo a 400 kms de mi ex. Nunca hemos modificado el regimen de visitas de cada 15 dias y mitad de las vacaciones. Acordamos verbalmente que él viniese a ver a los niños 1 vez al mes. Ahora no viene y tampoco cumple con las vacaciones. Que puedo hacer? si denuncio, vale para algo? se le "puede obligar" a que venga a ver a los niños?