Resumiré lo más posible. En Coruña la ordenanza municipal impide más de un local de hostelería por edificio (ordenanza de ruidos), en mi casa se abrió una jamonería-charcutería que en un primer momento no entendí como local de hostelería porque no me llegó aviso municipal y porque el ayuntamiento no me notifica la apertura de una práctica molesta, como es preceptivo en la ordenanza de ruidos y en el artículo 58 de la ley 3092. Este local pasa a ejercer una actividad de café-pub sin licencia más que de jamonería y me doy cuenta de que incumple la ordenanza de ruidos referida, que impide la apertura de un local nuevo si ya hay otro en un mismo edificio, y que además no se me ha notificado la primera actividad de jamonería, pues también estaba catalogada como molesta,como era preceptivo. Al existir una cervecería en mi casa, y pasar este local a actividad de café sin licencia, el ayuntamiento se decide a legalizarlo, haciendo caso omiso de la ya existencia de un local, lo que impediría la apertura de otro. Además, a día de hoy, no se ha cumplido la notificación al vecino de arriba, que soy yo, o en su defecto al presidente de la comunidad, de que se abriría o legalizaría un local catalogado como molesto. Esta situación da motivo para la nulidad de la licencia? Gracias