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Incumplimiento de visitas y su repercusión

695 Comentarios
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12/12/2010 14:42
los actos son graves denuncie
12/12/2010 14:36
¿Por?
12/12/2010 14:35
¿que ud conoce la gravedad de los actos?

!asombroso!
12/12/2010 14:30
Conoczco la gravedad de los actos, invisible para usted.
12/12/2010 14:24
sr rakhsun, es ud sabio

conoce tb a la madre? bueno el desenlace en poco tiempo cuando veamos a quien de los dos le dan la custodia.... yo creo que a la madre, veamos a ver si me equivoco o se equivocan uds. al hacer telas aseveraciones pues si la madre es tan negada como ud. dice y teniendo en cuenta que la pension nada tiene nada que ver, entonces solo entonces la custodia sera para este papa y todos en este foro habran cumplido sus expectativas.

!por un mundo mas justo!

12/12/2010 14:02
Con una mujer de semejantes comportamientos obvio es que la menor no sólo está mal atendida, sino que psíquicamente es agredida.
12/12/2010 13:02
sr@ ingri cual es el afan que ud tiene porque le den la custodia ya que ud conoce tan bien el tema y sabe de la enfermadad del padre ¿sabe ud si la niña esta bien o mal atendida, educada,... etc.?
12/12/2010 12:41
bueno al parecer, la sentencia no es tan injusta como parece hay una frase que aparece el que el juzgador recoge y es "Por su parte, la madre manifiesta que no deja que la niña vea a su padre porque la menor no desea ver a su padre, asegurando que no influye en la niña" aqui el juzgador se cubre las espaldas....

no sabia que en este pais los jueces dan trabajo ¿son empresarios o algo asi? teoria bastante disparatada primero darle trabajo y luego la custodia..... !un disparate! si lo que queremos es arreglar pues arreglemos no divaguemos...
ud sr@ ingri por lo que refiere debe conocer a las dos partes e incluso a la pareja de la madre...que la señora no quiere mantener a su hija de donde saca ud esa afirmacion....
12/12/2010 12:28
No sabia que este señor estuviese enfermo...
Yo soy partidaria de la humanización, y desde luego de no pisar derechos ni obligaciones.

Lo que pasa que si los jueces pusieran balanzas...seguiria pesando el que el hijo coma...pero si el demuestra su enfermedad, cual es su situación y sus recursos, ahi también creo que se le tendria encuenta.

Yo desde luego pido a mi ex, arreglado a sus ingresos, y si el padre de mis hijos estuviese enfermo de enfermo...desde luego no le exigiria lo que el no podria...de ahí lo de la humanización. Pero miremonos todos por dentro y con el corazón de verdad...si se puede pues a cumplir...
12/12/2010 12:09
Si el juez pusiera la balanza en equilibrio, le daría un trabajo a ese señor, además de la custodia de su hija, porque al haber pasado una enfermedad seria, le sería más fácil el desplazamiento a ella (la madre de su hija) que a él.
Seguramente que le habría evitado pasar por una enfermedad el que se hubiesen hecho bien las cosas desde el principio.
Si la señora no quiere mantener a su hija que se la deje al padre que creo que ya le toca y vemos si él se queja de falta de pago o no. Esa sería la justa balanza.
12/12/2010 11:46
Como dice tostado...esa sentencia es bastante inlogica, la de los 60€ de multa...pero como también dice y creo como el, que tiene razón,seria menos logica, si este padre fuera de los padres que cumplen con sus obligaciones (no sabia yo que no cumplia dicho señor, con la obligación que tiene el de pasar la pensión), quizá el juez haya puesto en una balanza... el que el no cumple con su obligación de alimentar a su hijo, y haya pensado que obligaciones y derechos, auqnue a mas de un@ le parezca que no...van juntitos...

Y eso de que como la madre tiene pareja...que sea dicha pareja quien mantenga al hijo de dicho señor...señores y señoras...como que NO.

Saludos.
12/12/2010 10:36
Hay que ser una mujer bruta. Muy muy bruta. Para quitarle a la niña el ver a su padre, tan ilusionada, y con actos de semejante violencia. Hacer a llamar a la niña por teléfino para amenzar, anular el billete....es igual que si a la niña le hubiera arrancado violentamente el billete de la mano. Como quitarle un caramelo a un niño, tan vulnerable, y solazarse viéndolo llorar. Sólo que ésto es peor.

España está llena de madres brutas. Insultar a una mujer es maltrato, pero ser una madre embrutecida no es maltrato ni está penado.
12/12/2010 09:15
Exacto.
Soy progenitor custodio monoparental, el impago de la pension de alimentos, no faculta al progenitor custodio para impedir el regimen de visitas con el otro progenitor,
para este fin existirian diversas actuaciones desde actuaciones civiles hasta actuaciones penales, son cosas distintitas por mas aferrizada que intente ser la conducta de algunos intervinientes.....
Un saludo.
11/12/2010 20:31
Ah, el tema si el no custodio tiene dinero para pasajes de avión pero no para alimentos... no viene al caso, los alimentos se pagan en proporción a los ingresos no al dinero, propiedades, colchón familiar que tenga el no custodio. Si el no custodio no tiene ingresos y solicita su suspensión está en su derecho, por contra el custodio no está en su derecho entorpeciendo la relación de hijos con no custodio.
11/12/2010 20:25
Particularmente no entro a valorar si la pena de 60€ es alta o baja, lo importante es la condena por un hecho que implica impedir el contacto de una hija con el padre a pesar de existir sentencia que obliga a ello.

La sentencia en Fundamentos Jurídicos dice:
"Tercero.- ... este juzgador considera procedente imponer al acusado por la falta contra las relaciones familiares, la pena de 30 días, a razón de 6 € por día, por considerar que dicha persona ha actuado de forma concienzuda sin importarle ni el bienestar de su hija, ni por supuesto la obligación que le impone la resolución judicial que fija el régimen de visitas de su hija con el progenitor no custodio...Todo ello, sin entrar a valorar las supuestas coacciones que no son objeto de este pleito, pero que traen como consecuencia la presente sentencia."

Es evidente que el juzgador considera debe imponer mayor pena que la que solicita el fiscal y que la que finalmente impone, ya que el denunciante en la vista dice que no interesa mayor pena, que simplemente desea que se cumplan las visitas y haya condena por su incumplimiento.

En la vista, el juzgador reiteró a la madre que el tema de impago de alimentos no implicaban suspender las visitas ni tenían relación con el caso, advirtiéndole que si se reiteraba en el tema la desalojaba de la sala, idem. cuando insistía en que declarara la menor, de diez años, para evidenciar que era la menor "la que incumplía" y que ella nada podía hacer...

El título de "incumplimiento de visitas y su repercusión" no va en el sentido de si es mucho o poco una condena de 60€, eso es lo de menos (a mi entender) va en el sentido de la repercusión para el menor (el maltrato que supone alejar, sin motivo ni orden judicial, a un hijo de un progenitor y la repercusión que ello puede acarrear.

11/12/2010 18:57
Tostado, se lo han dicho con y sin literatura. A ver, los deberes hechos los trae, pero falta la corrección. Hete aquí: el progenitor que incumple el regimen de visitas, obstaculizando la relación con el no custodio está realizando un acto constitutivo de delito. El progenitor que no abona la manutención de un menor, está cometiendo un acto constitutivo de delito. Pero ambos casos NO VAN DE LA MANO. Jose Ramón Viesca denunció este hecho y la justicia le ha dado la razón, pese a lo irrisorio de la sentencia. La otra parte a la que usted hace referencia del impago de la pensión que lo luche la custodia en el juzgado. La causística que usted pretende establecer en ambos casos "no paga pensión=no ver a su hija", no casa, entérese ya, no ha lugar!!.
11/12/2010 17:52
si nada tiene que ver una cosa con la otra

como dicen los letrados no es consustancial pero modifica......
y eso es lo que se ha visto aqui.....

no hemos leido la sentencia

estos foros carecen de la realidad si ud no tiene nada ,nada tiene para dar.... y nada tiene que reclamar

nuestro derecho es un derecho de obligaciones
a estos sitios hay que ir con los deberes hechos.....
11/12/2010 17:43
creo que ha estas alturas todos sabemos que el incumplimiento del pago de pensiones no tiene no es motivo ni justificación para el incumplimiento del regimen de visitas,y esto es así guste o no guste ,se pueda estar de acuerdo o no.
Si el no custodio no paga,se insta el procedimiento correspondiente y creame que si el no custodio tiene algo ,la ley en este caso actua,embargando sueldo,saldos ....si el no custodio porque es un listo, y oculta el patrimonio o tiene mala suerte y no tiene ingresos ni nada,pues no se puede hacer nada...donde no hay no se puede sacar,que al custodio le de rábia,pues normal,pero de ahí a actuar con venganza,y chantajeando ,con si no pagas no ves al niño,ya no me parece normal.Pero ya no por el padre sino por el niño.
Y mire una cosa que no soporto es eso de que si no paga la pensión no alimenta a su hijo,porque si yo no custodio no pago pensión,pero cada mes mando a la custodia una cesta con alimentos para mi hijo .Entonces ya estaré cumpliendo y no se me podrá reclamar nada.....y entonces ya podré ver a mi hijo....

11/12/2010 17:30
sr pulpopaul me encanta su forma de expresase casi en uncnto a los dioses...... pero a los hechos me remito....... vuelva ud arriba y lea solo 60 euros
por incumplimiento de regiman de visitas...... el resto literatura

no le duelan prendan en decir que para reclamar primero hay que cumplir aunque sean cosas diferentes....
11/12/2010 17:22
Hola:

Insisto, Tostado, no hay que mezclar temas, por tanto, no es que a la madre le tenga que cantar otro gallo, es que aquí hay dos gallos, uno que canta por incumplimientos del régimen de visitas y otro por incumplimientos en el pago de prestaciones por alimentos, son dos gallos y dos cantos distintos.

Si lo del familiar es cierto, como usted comprenderá, el que sufrague un gasto y no lo haga en concepto del otro es su decisión y siempre partiendo de la base de que no está obligado legalmente ni a lo uno ni a lo otro. No creo que medie hipocresía alguna por mi parte, sólo expongo, con más o menos acierto, lo que es una realidad, intentando ser objetivo y, por supuesto, como tercero que opina cuando se le pregunta. A ese familiar o amigo usted no le puede exigir que pague la manutención de su hija, ni tampoco prohibirle o cuestionarle porque paga los pasajes y no la manutención. ¿Ve como se complica el tema cuando se exponen consideraciones de todo tipo? Y tenga en cuenta que estas consideraciones están hechas por terceros, sin interés alguno, sin ser parte de. Ni soy su amigo ni su enemigo, sólo intento enriquecer su perspectiva y no le quepa la menor duda de que si viera que su sustentación tiene visos de prosperar así se lo habría de hacer saber. Ni me duelen prendas, ni gasto de lo que a vuesas mercedes toca gastar.


Salvo mejor opinión.

Un cordial saludo